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La patronal acepta la última propuesta del Gobierno sobre los ERTE y se suma al acuerdo

Se crean dos figuras nuevas: los ERTE de impedimento de actividad y los de limitación de actividad con exoneraciones que llegan hasta el 100%

En un giro de última hora y gracias a una propuesta de emergencia realizada por el Ministerio de Trabajo, el Comité Ejecutivo de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) reunido esta mañana de urgencia ha aprobado por unanimidad la última propuesta del Gobierno para prorrogar los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), por lo que se suma así al acuerdo que ya había cerrado el Gobierno con los sindicatos la noche de ayer.

En un comunicado, la patronal ha confirmado que “tras un amplio debate” ha decidido “aceptar por unanimidad” la última propuesta, después de “intensas negociaciones” que se han extendido desde primera hora de esta mañana. Según los empresarios, el texto refleja un acuerdo en el que todas las empresas cuya actividad se está viendo afectada por la crisis del COVID-19 se sienten representadas. “Confiamos en que este acuerdo permita garantizar la continuidad de la mayor cantidad de empresas y empleos posibles en una coyuntura económica tan adversa y dilatada en el tiempo”.

Trabajo ha presentado esta mañana una contraoferta para convencer a la patronal de que aceptara el acuerdo, que ayer por la noche había rechazado. Entre las novedades, el Ejecutivo ha ofrecido crear, dentro de los llamados ERTE de rebrote, un ERTE por limitación de actividad para cuando una autoridad local, autonómica o estatal limite los aforos, los horarios y la actividad de los negocios.

Este era uno de los puntos que alejaba la firma, ya que la patronal denunciaba que se dejaba fuera de la protección a sectores tan sensibles como el comercio y la hostelería. Según los empresarios, la propuesta del Gobierno “olvidaba” a más 320.000 establecimientos y 1,5 millones de trabajadores de hostelería que tienen “totalmente restringidos” sus negocios, así como al comercio, al sector de bodas o a restaurantes de menús “en la ruina” como consecuencia de la “explosión” del teletrabajo.

Ahora, estas empresas podrán acogerse a este ERTE de limitación de actividad hasta el 31 de enero de 2021. Según han confirmado fuentes empresariales, estos ERTE de limitación de actividad irían acompañados de exoneraciones de cuotas sociales, a aplicar durante los próximos cuatro meses, de octubre a enero. El borrador especifica que si la empresa cuenta con menos de 50 trabajadores, las exenciones serían del 100% en octubre, del 90% en noviembre, del 85% en diciembre y del 80% en enero. Si cuenta con más de 50 trabajadores, los porcentajes bajarían un 10%. para alcanzar el 90%, el 80%, el 75% y el 70%, respectivamente.

De esta manera, el Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros la nueva prórroga con el acuerdo de todas las partes, después de que los sindicatos avanzaran su apoyo ayer mismo y fuera ratificado hoy por los empresarios. “El acuerdo, que es un acuerdo de máximos, protege, salva y defiende a todas las empresas y trabajadores de nuestro país”, ha señalado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que ha añadido que con él “se despeja un otoño y un invierno” que podría ser difícil, pero que si se salvan, servirá para que España “entre de lleno en la recuperación”.

Los ERTE de fuerza mayor con prórroga automática se limitarán a las empresas más afectadas por la pandemia cuya actividad se clasifique en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-09) previstos en la norma. Estos ERTE disfrutarán de exenciones de cuotas del 85% por cada mes del periodo octubre 2020-enero 2021 en el caso de que la empresa tuviera a 29 de febrero de este año menos de 50 trabajadores en plantilla, y del 75% si contaba con más de 50 empleados, según ha explicado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.

De estas exoneraciones también podrán beneficiarse aquellas empresas que, aunque no formen parte de dichos sectores, se encuentran en su cadena de valor o cuyo negocio depende en su mayoría de estos sectores. Se entenderá que son integrantes de la cadena de valor o dependientes indirectamente de aquellas, las empresas cuya facturación, durante 2019, se haya generado al menos en un 50% en operaciones realizadas de forma directa con las incluidas en alguno de los códigos de la CNAE-09 referidos en la norma, así como aquellas cuya actividad real dependa indirectamente de la desarrollada efectivamente por las empresas incluidas en dichos códigos. Estas exoneraciones de entre el 75% y el 85% también podrán aplicarse a las empresas que transiten desde un ERTE de fuerza mayor por Covid a uno de causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP).