Prestaciones

Estos son los 10 motivos por los que puede perder el paro

Actualmente, 3,6 millones de personas cobran la prestación por desempleo. Un simple despiste o no acudir a las citas en la oficina de empleo pueden ocasionar la extinción de esta ayuda

Una mujer se echa las manos a la cabeza
Una mujer se echa las manos a la cabezalarazon

El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo (SEPE) bajó en 166.911 desempleados en junio (-4,4%), su mayor retroceso en cualquier mes desde que hay registros, según datos publicados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. El volumen total de parados se situó en 3.614.339 desempleados, su cifra más baja desde marzo de 2020, cuando llegó la pandemia, pero lejos de la situación laboral previa a la irrupción de la crisis sanitaria. Además, todavía hay 400.000 parados más que en febrero de 2020 y 447.000 personas continúan en ERTE. Si se encuentra aún desempleado a causa de la crisis económica que ha generado la pandemia, debe saber que los siguientes 10 errores y despistes le pueden dejar sin prestación.

1. Olvidar sellar la tarjeta del paro

Cada tres meses existe la obligación de sellar el paro si se quiere seguir cobrando la prestación por desempleo. Este proceso es cómodo y sencillo, ya que se puede hacer por internet. En el caso de no hacerlo, la prestación puede quedar paralizada y si no tiene una justificación para haberse retrasado (por ejemplo, haber estado ingresado por Covid) deberá afrontar una sanción.

2. Comenzar a trabajar

Aunque hay algunos contratos a tiempo parcial que permiten compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo, la realización de un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a 12 meses es motivo para dejar de cobrar el paro.

Si al terminar esta relación laboral, se le aprueba una nueva prestación, podrá optar entre reanudar la prestación que estaba percibiendo (por el período que le quedaba y las bases y tipos que le correspondían) o percibir la prestación que las nuevas cotizaciones efectuadas hayan originado. Si elige la prestación anterior, las cotizaciones que hayan generado la prestación que no ha elegido, no podrán tenerse en cuenta para aprobarle una prestación posterior. Es lo que se llama derecho de opción.

3. Agotar la prestación

Obviamente, al terminar de cobrar la última mensualidad correspondiente, dejará de cobrar la prestación. Si llegado el momento no ha vuelto a encontrar trabajo, puede solicitar otro tipo de prestaciones contributivas o rentas mínimas, según su edad, su situación económica y familiar.

4. Tener sanciones en vigor

La Administración puede dejar de abonarle el paro si acumula varias sanciones leves, graves y muy graves en un mismo año. Estas se pueden imponer por no acudir a las citas en la oficina de empleo, por no asistir a los cursos de formación profesional para desempleados con certificado de profesionalidad o por presentar documentos falsos para obtener más dinero, entre otras causas.

5. Trabajar por cuenta propia

Otras de las causas por las que se puede extinguir el paro es la realización de un trabajo por cuenta propia de duración igual o superior a 60 meses, si es una persona trabajadora por cuenta propia que se da de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores del Mar.

6. Cumplir la edad de jubilación

Si está cobrando la prestación por desempleo y cumple la edad mínima de jubilación (en 2021 es de 66 años), pasará a cobrar la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social. El cambio es automático.

7. Pasar a ser pensionista de incapacidad

Si el trabajador se convierte en pensionista de incapacidad permanente en los grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o gran invalidez, podrá elegir entre cobrar el paro o la pensión de invalidez, en función de cuál sea más favorable.

8. Desplazarse al extranjero

Otro motivo que le dejará sin paro es el traslado de residencia al extranjero para buscar o realizar un trabajo, o para perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, si se desplaza un periodo continuado igual o superior a 12 meses. Si sale al extranjero por razones distintas a las anteriores, la prestación se extinguirá si permanece en el extranjero más de 90 días. Tanto si viaja durante esos periodos o por esos motivos como si no, lo correcto es informar al SEPE sobre su salida del país para evitar incurrir en una infracción.

9. Renunciar de manera voluntaria a la prestación

Hay desempleados que puede determinar que no necesitan cobrar el paro y renunciar voluntariamente a la prestación entregando los papales de renuncia en las oficinas del SEPE.

10. Fallecimiento de la persona beneficiaria