Empleo

La ley de interinos que reduce la temporalidad en el empleo público entra en vigor este jueves

La norma reservará concursos de méritos en vez de oposiciones para los trabajadores interinos que hayan estado en la Administración de forma temporal durante al menos cinco años

Una mujer en una concentración contra el proyecto de ley sobre los interinos, frente al Congreso de los Diputados, a 27 de noviembre de 2021, en Madrid
Una mujer en una concentración contra el proyecto de ley sobre los interinos, frente al Congreso de los Diputados, a 27 de noviembre de 2021, en MadridGustavo ValienteEuropa Press

La reducción de la temporalidad en el empleo público ha sido uno de los principales objetivos de este Gobierno. Es por ello que la ley para mejorar esta situación entrará en vigor mañana 30 de enero, tras su publicación este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Este proyecto ley que fue aprobado en el Pleno del Congreso a principios de diciembre, ya recibió la luz verde definitiva del Senado hace una semana. La norma reservará concursos de méritos en vez de oposiciones para los trabajadores interinos que hayan estado en la Administración de forma temporal durante al menos cinco años.

De esta forma lo que se pretende conseguir es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una ratio que a día de hoy sí cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales.

Asimismo, a su vez, esto supone un compromiso del Gobierno con la Unión Europea a través de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación y además cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

Oferta de plazas antes del 1 de junio de 2022

Las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas y los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024. Asimismo, será un proceso de concurso-oposición el que dará acceso a estas plazas.

En lo que respecta a la fase de concurso, esta ponderará un 40%, siendo determinante en la valoración el elemento de la experiencia, mientras que la ley fija que los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios.

Dependerá de las diferentes Administraciones la adaptación del temario, así como el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito.

Asimismo, uno de los puntos claves de esta norma es que las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional.

Esto quiere decir que las plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización, por lo que conseguirán plaza fija mediante un concurso de méritos sin necesidad de opositar.

En el caso de que el personal interino no supere este proceso selectivo, tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica.

La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica.

Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización que recoge la ley.