Funcionarios

Los interinos con al menos cinco años en la misma plaza pasarán a fijos sin opositar

El nuevo articulado sobre temporalidad en el sector público contempla que solo será necesario un concurso de méritos

Los interinos que lleven al menos cinco años en la misma plaza en cualquier administración pública y sin interrupciones podrán optar a la misma con carácter fijo sin necesidad de oposición, mediante un concurso de méritos. Así se desprende del acuerdo alcanzado entre el Gobierno y sus socios plasmado en la modificación de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público. Según el nuevo articulado, las Administraciones publicas convocarán, con carácter excepcional, por el sistema de concurso, aquellas plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán, en todo caso, los plazos establecidos en esta norma.

Los procesos de estabilización de empleo temporal autorizan “una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que (...) hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

Las ofertas de empleo que articulen esos procesos de estabilización deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022 y la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público deberá producirse antes de 31 de diciembre de 2022.

El corte en los cinco años se ha logrado tras un acuerdo entre el Gobierno y sus socios de ERC y el PNV adelantado “El Periódico”. Ambas formaciones están interesadas en reducir la elevadísima temporalidad en sus respectivas administraciones autonómicas.

El Gobierno logró salvar “in extremis” en julio el llamado “Icetazo”, que puso en pie de guerra a interinos y sindicatos. Y lo hizo por un solo voto. Así, el decreto ley para reducir al 8% el nivel actual de temporalidad entre los empleados públicos, y que podría afectar a más de 300.000 interinos, sufrió un “vía crucis” para ser convalidado ante los reparos de buena parte de sus socios. Una cesión del Gobierno a ERC para facilitar que los interinos con más de 10 años de antigüedad puedan lograr la plaza fija sin examen, si no se ha convocado, permitió sumar 170 votos a favor de la iniciativa, solo uno más que el “no”.

El articulado contempla además, que el incumplimiento del plazo máximo de permanencia dará lugar a una compensación económica para el personal funcionario interino afectado, que “será equivalente a veinte días de sus retribuciones fijas por año de servicio”, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades. El derecho a esta compensación nacerá a partir de la fecha del cese efectivo.

En el caso del personal laboral temporal, el incumplimiento de los plazos máximos de permanencia dará derecho a percibir la compensación económica prevista en este apartado, sin perjuicio de la indemnización que pudiera corresponder por vulneración de la normativa laboral específica.

Dicha compensación consistirá, en su caso, en la diferencia entre el máximo de veinte días de su salario fijo por año de servicio con un máximo de doce mensualidades, y la indemnización que le correspondiera percibir por la extinción de su contrato, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año.