Movilidad

El Abogado de la UE cree que la ratio de un VTC por cada 30 taxis va en contra de la normativa europea

Asegura que va en contra de la libertad de establecimiento ya que la viabilidad económica del taxi no puede por sí misma justificar este sistema en su respuesta a una cuestión prejudicial que le había trasladado el TSJ de Cataluña

Un VTC circulando por el centro del Sevilla
Un VTC circulando por el centro del SevillaMaría José LópezEuropa Press

El Abogado General de la UE Maciej Szpunar considera que la ratio española de un vehículo VTC por cada treinta taxis viola la libertad de establecimiento porque no responde a una “razón imperiosa de interés general”. Así lo pone de manifiesto en sus conclusiones sobre una cuestión prejudicial que le había trasladado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña después de que la sociedad Pretige and Limousine impugnase el reglamento local de los servicios VTC en el Área Metropolitana de Barcelona (AMB).

Tras recordar que Barcelona exige autorizaciones específicas para poder prestar servicios de VTC urbanos y dichas autorizaciones están limitadas a una por cada treinta licencias de taxi, Szpunar afirma que estos requisitos constituyen una restricción a la libertad de establecimiento, según ha informado el Tribunal en un comunicado de prensa.

El Abogado General asegura que una restricción a la libertad de establecimiento sólo puede justificarse, en primer lugar, si responde a una razón imperiosa de interés general, pero que “la viabilidad económica de los servicios del taxi no puede por sí misma constituir una razón imperiosa de interés general”. A Szpunar le parece “cuestionable que el servicio del taxi pueda considerarse como un servicio de interés económico general y dudoso que los operadores de dicho servicio cumplan una obligación de servicio público”. En este sentido, asegura que el transporte privado local puede a veces “subsanar una falta de servicio no cubierta por el transporte público local”, pero puntualiza que ampliar la oferta de servicios de transporte local contribuiría a contar con un sistema que funcionara correctamente. El Abogado General plantea la cuestión de por qué dicha oferta no debería incluir a los VTC.

Szpunar afirma que el AMB puede proseguir en su empeño de garantizar la calidad, seguridad y accesibilidad de los servicios de taxi “solo en la medida en que no persiga con ello objetivos económicos. Lo que no puede hacer es proteger los servicios del taxi de todo cuestionamiento ulterior sólo porque tales servicios puedan constituir un servicio de interés económico general”.

De manera análoga, Szpunar subraya que “el mantenimiento de un equilibrio entre los servicios del taxi y de los VTC no puede considerarse una razón imperiosa de interés general válida”. Reitera que, si la verdadera intención es establecer un sistema adecuado de transporte local privado, “la ampliación de la oferta a través de la admisión de más VTC sería de mayor utilidad para solventar el problema”.

El Abogado General acepta las razones basadas en la gestión del transporte local, del tráfico y del uso del espacio público y en la protección del medio ambiente para la aplicación de las autorizaciones. Szpunar no ve, en principio, problema alguno en justificar la exigencia de una autorización adicional, puesto que esta puede satisfacer las especificidades de la región en cuestión, en particular en cuanto al tráfico y a la contaminación. En cambio, no concibe ningún argumento en favor de la idoneidad de la ratio de una autorización de VTC por cada treinta licencias de taxi para materializar las razones imperiosas de interés general.

Szpunar se pregunta por qué los servicios del taxi y los de los VTC están sujetos a diferentes regímenes jurídicos si satisfacen la misma demanda y si, como afirma el tribunal nacional, compiten entre sí. Subraya que mientras que los VTC “han visto restringido su acceso al mercado hasta el punto de resultar imposible, no se abordan los problemas del régimen aplicable a los taxis”. Menciona el hecho de que las licencias de taxi que se obtenían inicialmente del Estado por menos de 100 euros se venden actualmente en el mercado secundario por más de 100 000 euros. Entiende que reformar y liberalizar genuinamente todo el sistema de los taxis y de los VTC puede situar en considerable desventaja a quienes pagaron cara una licencia y pretenden recuperar el coste mediante (elevadas) tarifas fijas. Sin embargo, el Abogado General sugiere que habría “otras formas de evitar el riesgo de que esas personas se vieran perjudicadas distintas de hacerlo a expensas de los servicios de los VTC y de la libertad de establecimiento”.