Laboral

Hasta 225.000 euros de multa por infringir los derechos de los becarios

Con la oposición de los empresarios y rectores, el Estatuto del Becario que pretende aprobar el Gobierno por decreto contempla una compensación obligatoria a los estudiantes por los gastos de las prácticas

Las empresas que comentan faltas discriminatorias graves contra los becarios podrán enfrentarse a sanciones de hasta 225.018 euros, según el texto del Estatuto del Becario acordado entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos.

El acuerdo, que cuenta con la oposición de los empresarios y de los rectores, establece un régimen sancionador con multas para las empresas de entre 120.006 y 225.018 euros en el caso de que se produzcan infracciones muy graves en su grado máximo. Las muy graves en su grado mínimo se penalizarán con cuantías entre 7.501 a 30.000 euros, mientras que en su grado medio serán de 30.001 a 120.005 euros.

Se considerarán infracciones muy graves a las discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo; origen, incluido el racial o étnico; estado civil; condición social; religión o convicciones; ideas políticas; orientación sexual; adhesión o no a sindicatos; edad o discapacidad o favorables o adversas en materia de retribuciones, jornadas, formación, promoción y demás condiciones de trabajo.

También se estiman como infracciones muy graves las discriminaciones por vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa o lenguas propias españolas, así como un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.

El Estatuto del Becario contempla una compensación obligatoria por los gastos de los becarios para realizar las prácticas, lo que ha causado el rechazo de los rectores, que consideran que¡. que esto va a reducir la cifra de empresas que opten por formar a alumnos. La compensación debe de tener "una cuantía mínima" para cubrir los "gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención".

Las prácticas extracurriculares desarrolladas durante los estudios no deberán superar el 15% de las horas en que se concreten los créditos ECTS (Sistema Europeo de Transferencia de Crédito) de la titulación ni 480 horas.

También se han incluido las prácticas desarrolladas durante los estudios vinculados a títulos propios de las Universidades, cuando la suma total de prácticas curriculares y extracurriculares no supere el 25% de los créditos ECTS de la correspondiente titulación.

Los títulos propios que tengan una duración mínima de 60 créditos ECTS tendrán la posibilidad de establecer prácticas por un periodo de tres meses.

Por su parte, los alumnos en prácticas deberán incorporarse a la empresa en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma, así como desarrollar el proyecto formativo y cumplir las actividades acordadas con la empresa, conforme a las líneas establecidas en el mismo.

Otras de las obligaciones de los becarios serán guardar confidencialidad en relación con la información interna de la empresa y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante el periodo de formación práctica y finalizada ésta; o mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la empresa.