Derecho Laboral

Un abogado laboralista explica cuánto tiempo puedes cobrar mientras estás de baja

La legislación española recoge toda la normativa a tener en cuenta sobre las bajas laborales y a lo que el trabajador puede acogerse

Una consulta de atención primaria
Una consulta de atención primariaP.D.A.

Muchos trabajadores tienen miedo a pedir la baja médica ante la incertidumbre de qué pasará con su sueldo, si mantendrán o no su puesto de trabajo y el tiempo máximo que pueden estar bajo esta situación. En España, existe una normativa específica que recoge todos los puntos a tener en cuenta sobre la baja laboral, a la que muchas personas se acogen en caso de no poder desarrollar su actividad profesional.

La prestación de incapacidad temporal tiene como objetivo igualar las pérdidas de ingresos que puede sufrir el trabajar durante el tiempo de baja. Tal y como lo indica su nombre, no se puede cobrar de forma indefinida y existe un tiempo máximo, aunque se pueda prorrogar el tiempo de incapacidad. Ante la posibilidad de que ocurra cualquier desajuste, es muy importante contar con una ley que respalde al trabajador y que este conozca sus ventajas y protecciones.

Cuánto se cobra de baja laboral en 2025

En uno de sus últimos vídeos en redes sociales el abogado laboralista, Juan Manuel Lorente, ha hablado sobre el tiempo máximo que una persona puede estar cobrando la baja sin ejercer su actividad laboral y explica que, las bajas médicas aproximadamente duran un año y medio, aunque exista la posibilidad de prorrogarla hasta los dos años.

Desde mayo de 2023, ya no es necesario que el Instituto Nacional de la Seguridad Social declare la prórroga, sino que el trabajador pasa automáticamente a esta situación, pudiendo recibir el alta médica en cualquier momento. Por tanto, realmente la baja laborar se puede cobrar un total de 545 días. La cantidad que el trabajador puede recibir durante su incapacidad laboral, depende de dos factores: el origen de la baja y el tiempo transcurrido desde el inicio.

La parte del salario puede variar en función de si es una enfermedad o un accidente laboral. En cada caso, se cobra un porcentaje de la base reguladora que la Seguridad Social establece así:

  • Enfermedad común y accidente no laboral: 60% de la base reguladora desde el cuarto día de la baja hasta el día 20 incluido. A partir de ahí, el 75%
  • Enfermedad profesional o accidente de trabajo: 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el trabajo

Por tanto, hay que tener en cuenta que cuando la causa es ajena al trabajo, del primer al tercer día no se recibe ningún tipo de remuneración, salvo que el convenio del trabajador lo dicte de otra manera. Para los trabajadores contratados para la formación y el aprendizaje, deben tener en cuenta que la base reguladora es la base mínima de cotización del Régimen General.

Sin embargo, la baja laboral puede extenderse mucho mas. Pasados los 545 días de baja, la Seguridad Social tiene un plazo de 90 días para estudiar la situación del trabajador, por lo que es posible alcanzar los 730 días de baja laboral. En este caso, cuando se superan dichos días, corresponde a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social pagar la incapacidad temporal.

Casos de maternidad o paternidad

En su vídeo de TikTok, Juan Manuel Lorente explica que es lo que pasa en los casos de personas que se deben pedir el permiso de maternidad durante una baja laboral. Este tipo de permisos te otorgan 16 semanas, lo que son aproximadamente cuatro meses. Sin embargo, explica que al acabarse dicha prestación, puede recurrir al permiso de lactancia, que dependiendo del tipo de contrato será más o menos corto. "En el lado más extremo de la historia, uno puede llegar a tener 28 días de permiso de lactancia, lo que son ya dos años y cinco meses de baja", aclara el abogado.

Es muy importante resaltar que disponer de este tiempo por incapacidad laboral, no significa disfrutar de los días disponibles para vacaciones. En estos casos, Juan Manuel ha calculado que pueden llegar a ser 30 días por cada uno de los dos años, más 15 días por el medio año de maternidad y/o lactancia.

¿Se puede cobrar el 100% de la baja?

Por norma general, es imposible cobrar un porcentaje superior al 75% de la base reguladora. Sin embargo, es importante revisar el convenio colectivo o el contrato del trabajador puesto que, en virtud de lo que se establezca en él, puede llegar aumentar la cantidad a percibir, llegando incluso al 100%.

Aunque parezca extraño, muchos colectivos incluyen dichas cláusulas para mejorar esta prestación, obligando a las empresas a cubrir todo el salario desde el primer día de baja. Por tanto, el trabajador recibirá su salario íntegro los días de incapacidad laboral.