
Economía
Antonio Arias, notario, avisa: “Pactar la separación de bienes no es una falta de amor, es una forma inteligente de protegeros a los dos"
Gananciales, separación de bienes o el régimen de participación. La elección del modelo económico en el matrimonio es mucho más que un trámite: es el cortafuegos legal que puede proteger el patrimonio familiar ante un futuro incierto

El matrimonio, además de un proyecto de vida en común, es un contrato con notables implicaciones económicas. La legislación española, consciente de las distintas realidades de cada pareja, ofrece un abanico de tres pactos principales para regular el patrimonio de los cónyuges: la tradicional sociedad de gananciales, la separación de bienes y un modelo intermedio de participación. Es una decisión que trasciende lo sentimental y cuyas consecuencias se proyectan a largo plazo, por lo que conocer las opciones es fundamental.
En este sentido, la sociedad de gananciales es la fórmula más extendida y la que se aplica por defecto en gran parte del territorio español si no se pacta lo contrario. Su funcionamiento es sencillo de entender: todos los bienes, rentas e ingresos que la pareja obtiene durante la vigencia del matrimonio, desde el salario de cada uno hasta los beneficios de un negocio, se convierten en un patrimonio común que pertenece a ambos por igual, al cincuenta por ciento.
Por otro lado, la separación de bienes establece un panorama radicalmente distinto. Bajo este régimen, cada cónyuge mantiene la propiedad, la administración y la libre disposición de sus bienes, tanto los que poseía antes de casarse como los que adquiera después. Esta fórmula funciona como un auténtico cortafuegos legal que protege el patrimonio personal de un miembro de la pareja ante posibles deudas o problemas económicos del otro, como el fracaso de una aventura empresarial.
Antonio Arias, notario, aporta una visión alejada de los tópicos románticos y centrada en la racionalidad en un vídeo publicado en la cuenta de TikTok de la notaría donde trabaja, Arias Peña Serrano Notarios (@apsnotarios). “Pactar la separación de bienes no es una falta de amor, es una forma inteligente de protegeros a vosotros”, afirma Arias.
Protección familiar y una tercera vía híbrida
Sin embargo, esta independencia patrimonial tiene un límite fundamental que busca salvaguardar el núcleo familiar. Aunque los cónyuges administren sus finanzas por separado, la ley exige el consentimiento de ambos para vender o hipotecar la vivienda que constituye el hogar familiar, independientemente de a nombre de quién figure la propiedad. Se garantiza así una protección especial sobre este bien esencial para la estabilidad de la familia.
Asimismo, la legislación española contempla una tercera vía, un modelo híbrido conocido como régimen de participación. Durante el matrimonio, su funcionamiento es idéntico al de la separación de bienes, con cada cónyuge gestionando su propio patrimonio de forma independiente. La particularidad surge en el momento de la disolución, ya sea por divorcio o fallecimiento, instante en el que se calcula el incremento patrimonial de cada uno para que el que menos haya ganado tenga derecho a participar en las ganancias del otro.
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