Consumo

Así es la ley que obligará a que las empresas avisen si reducen la cantidad de los productos sin bajar el precio

Consumo introducirá un cambio normativo "inminente" para regular la reduflación

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Imagen de archivo de un supermercadoPixabay

Pastas que pasan de pesar medio kilo a 450 gramos, bebidas que de dos litros que ahora solo llevan 1,75 litros, suavizantes con supuestamente las mismas dosis pero menos cantidad e incluso decenas de huevos en lugar de docenas. Desde que estalló la crisis inflacionaria los consumidores han visto como buena parte de sus productos de consumo habitual han sufrido una reducción de peso o tamaño sin que ello lleve aparejado una rebaja en el precio. Esta práctica, legal pero poco transparente, es conocida como reduflación y se traduce en una subida de precio encubierta al pagar más por menos. Ahora, Consumo quiere atajar esta falta de transparencia obligando a las empresas a informar a los clientes cuando recurran a la reduflación.

Según apuntas fuentes de Consumo a LA RAZÓN, a través de la Ley de Consumo Sostenible, que se aprobará de forma inminente, el departamento que dirige Pablo Bustinduy va a modificar el artículo 20 del texto refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios para obligar a las empresas a informar de forma “clara y comprensible” cuando se reduzca la cantidad o el número de unidades incluidas en un paquete, pero sin bajar el precio.

Para Consumo, esta práctica "debilita el principio de información veraz y clara y puede inducir a error a las personas consumidoras, haciéndolas creer que están adquiriendo la misma cantidad de un producto que venían adquiriendo con anterioridad por el mismo valor". Por ello, regulará de forma específica la información que debe facilitarse en estos casos.

En concreto, la ley de Consumo Sostenible modificará el artículo 20 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios para añadir en el punto g que "cuando se ponga a la venta un producto de consumo preenvasado con una cantidad nominal constante, o varias unidades de producto de forma empaquetada con unidades de producto constantes, deberá informarse de forma clara y comprensible a las personas consumidoras cuando se reduzca dicha cantidad o número de unidades incluidas en el paquete y esta reducción se traduzca en un aumento del precio por unidad de medida, manteniendo el mismo o similar diseño en su envase o empaquetado".

Este deber de información se considerará cumplido cuando se indique de forma "legible y visible" en el punto de venta final la reducción de la cantidad envasada, o reducción en el número de unidades empaquetadas y el aumento de precio derivado de tal reducción, "durante un plazo no inferior a 90 días desde la primera comercialización" del producto con las nuevas características.

El Ejecutivo toma así cartas en el asunto sobre una cuestión que afecta al bolsillo de los consumidores, con especial dureza en los ciclos de elevada inflación como mecanismo para preservar las ganancias empresariales. Hace apenas un año, un 54% de los españoles afirmaba que había notado la reduflación en sus compras, según un estudio de Ipsos. Este pasado mes de febrero, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) denunció que tras la reduflación se había extendido como una plaga en los últimos tres años de subida de precios y, por ello, reclamó una norma para atajarla.