Regulación
Aviso a jubilados: la Seguridad Social bajará tu pensión en 2026 si percibes estos ingresos
El denominado complemento a mínimos podrá retirarse o solicitarse dependiendo de la situación económica particular
A partir de 2026, la Seguridad Social reducirá las pensiones contributivas mínimas de aquellos jubilados cuyos ingresos anuales superen ciertos límites establecidos en los Presupuestos Generales del Estado. La medida afecta al complemento a mínimos, una ayuda que incrementa la pensión cuando esta queda por debajo del mínimo legal y que depende de los ingresos del pensionista.
Este complemento, regulado en el artículo 59 de la Ley General de la Seguridad Social, no es fijo y se revisa cada año. Si un pensionista deja de cumplir los requisitos, el importe se retira, aunque podrá volver a solicitarse cuando vuelva a cumplirse la normativa.
Cómo sé si lo recibo
Para percibirlo, la pensión debe ser inferior al mínimo legal y el beneficiario debe residir en España, salvo excepciones recogidas en acuerdos internacionales. Además, los ingresos anuales no deben superar 9.193 euros si el pensionista no tiene cónyuge a cargo, o 10.723 euros si sí lo tiene. Estas cifras corresponden a 2025, pero se espera que en 2026 aumenten, lo que podría beneficiar a más jubilados.
El complemento también tiene en cuenta otras ayudas o rentas familiares que puedan percibir los pensionistas. Por ello, es importante revisar con detalle la situación económica personal y familiar antes de solicitarlo. La Seguridad Social realiza cruces de datos periódicos para garantizar que solo accedan a esta ayuda quienes realmente cumplan los requisitos.
Condiciones obligatorias
Los pensionistas que superen estos límites deben comunicarlo a la Seguridad Social. De no hacerlo, además de perder el complemento, podrían verse obligados a devolver las cantidades percibidas indebidamente, con posibles recargos por el periodo en que se percibieron los importes. La Seguridad Social utiliza mecanismos de control y cruces de datos para detectar ingresos no declarados, por lo que el incumplimiento puede derivar en ajustes significativos en la pensión.
Por ejemplo, un jubilado con una pensión de 600 euros al mes que viva solo y no tenga otros ingresos recibirá el complemento a mínimos para alcanzar la cuantía mínima legal. Si comienza a percibir ingresos adicionales, como el alquiler de un garaje, beneficios de acciones o cualquier otra renta no declarada, y supera los 9.193 euros anuales, dejará de cumplir los requisitos y la ayuda se retirará. La pensión volverá entonces a su nivel base, sin el complemento adicional.
La Seguridad Social insiste en que el complemento a mínimos está destinado a garantizar un ingreso mínimo vital para los pensionistas más vulnerables, asegurando que puedan cubrir sus necesidades básicas. Su retirada en caso de superar los límites de ingresos refleja la finalidad del complemento: ofrecer ayuda únicamente a quienes realmente lo necesitan, evitando que personas con recursos adicionales perciban esta ayuda pública.