Frenazo
Fracaso en Bruselas de la "Ley Rider" impulsada por Yolanda Díaz
Los países vetan a última hora la normativa impulsada por la Presidencia española
La Presidencia española de la UE se despide con cierto mal sabor de boca después de que en el último momento los países europeos hayan bloqueado la conocida como "Ley Rider". El pasado mes de diciembre, se llegó a un preacuerdo entre las capitales europeas y el Parlamento que debía ser refrendado en una reunión de embajadores este viernes. Pero en el último momento, se comprobó que una mayoría de países, entre ellos Francia y Alemania, no pensaba dar luz verde al texto acordado, lo que llevó a que la Presidencia española que concluye en el mes de diciembre a pasar este expediente a la Presidencia belga que coge el testigo en el mes de enero sin que se produjese una votación destinada al fracaso. Normalmente, las presidencias rotatorias negocian en representación de los Veintisiete y cuando se llega a un acuerdo de estas características, en muy pocas ocasiones se produce un bloqueo posterior.
Esta nueva normativa europea pretende que los trabajadores que trabajan para estas plataformas digitales como Uber, Deliveroo y Glovo no sean considerados autónomos, como hasta ahora, si cumplen una serie de requisitos. La decepción para España es doble ya que esta ley europea cogía como referente la normativa que está vigente en España desde 2021, aunque con menos derechos para los trabajadores. De hecho, España votó en contra antes de la Presidencia ya que consideró que el texto no era lo suficientemente ambicioso a la hora de luchar contra los denominados falsos autónomos.
“Las trabajadoras de plataformas digitales merecen derechos. La directiva impulsada por la presidencia española aseguraba nuevos derechos a 30 millones de trabajadores, pero la ultraderecha y los liberales han impedido su aprobación. Seguiremos trabajando por una vida mejor”, ha reaccionado la vicepresidenta segunda del Gobierno y líder de Sumar, Yolanda Díaz.
El acuerdo que ha sido vetado en el último momento deja que sean los propios empleados los que acrediten que cumplen, como mínimo, dos de los cinco requisitos para demostrar que son trabajadores por cuenta ajena, lo que supone que las plataformas están obligadas a hacerse cargo de sus cotizaciones sociales e impuestos como trabajadores de plantilla. Además, queda prohibido que las empresas tomen decisiones sobre la restricción o suspensión del trabajo teniendo en cuenta los algoritmos sobre su rendimiento laboral, sin tener en cuenta la supervisión de una persona.
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