Alquiler

Confirmado: el inquilino puede cambiar la cerradura sin pedir permiso al propietario desde el primer día

Durante la vigencia del contrato de arrendamiento tampoco será obligatorio entregar una copia de las llaves nuevas al casero

Una llave en una cerradura
Una llave en una cerraduraLRLR

País de propietarios. España ha sido y sigue siendo un país donde la mayoría de los ciudadanos aspira a comprar una vivienda. Sin embargo, cada vez son menos los españoles que pueden permitírselo y no les queda más remedio que recurrir al alquiler. Ser inquilinos es, para muchos, la única opción que les permite acceder a un hogar que puedan pagar.

Cuando una persona entra a vivir en una vivienda de alquilercambiar la cerradura es lo primero que hacen para sentirse seguros en su nuevo hogar. Pero, ¿esto es legal? ¿Se debe pedir permiso al propietario para ello?

"El inquilino puede cambiar la cerradura de la casa alquilada desde el primer día que entra en ella y sin pedir permiso al propietario", asevera el abogado Alberto Sánchez en una publicación en sus redes sociales. Tendrá derecho a cambiarla aunque esté alquilada, siempre y cuando se haga cargo del coste de la modificación del bombín.

La vivienda alquilada se convierte en el domicilio del inquilino y de su familia, y este es "inviolable", es decir, que "ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito", tal y como establece el artículo 18.2 de la Constitución. Por tanto, durante la vigencia del contrato el propietario no puede entrar en ella aunque así lo establezca el contrato.

Decálogo para la convivencia entre caseros e inquilinos
Decálogo para la convivencia entre caseros e inquilinosRevista Interiores

Además, cuando el casero decide poner la vivienda en alquiler, está cediendo el derecho de uso a cambio de una compensación económica. Por tanto, el artículo 433 del Código Civil establece que aunque conserva la propiedad, se pierde la posesión legítima. En este sentido, el casero solo podrá acceder al inmueble con el permiso y la autorización de la persona que reside en el domicilio.

El artículo 202 del Código Penal advierte que "el particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviera en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años". Esta pena se podrá extender de uno a cuatro años si el hecho se ejecuta con violencia o intimidación, además de una multa de seis a doce meses. Es por ello que los propietarios no pueden entrar en la vivienda alquilada sin el permiso expreso de los inquilinos.

Durante la vigencia del contrato de arrendamiento tampoco será obligatorio entregar una copia de las llaves nuevas al casero. Y el propietario jamás puede cambiar la cerradura de la casa que tiene alquilada incluso aunque el inquilino no pague.

Existe una excepción

"La única excepción es que haya que hacer reparaciones por alguna avería en la vivienda", señala el letrado. En este caso se tendrá que dejar pasar al propietario y a los operarios. Así lo corrobora la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que establece que el inquilino deberá poner en conocimiento del propietario la necesidad de realizar reparaciones en la vivienda arrendada, por lo que el casero tendrá derecho a entrar en este piso para poder verificar su estado presencialmente, ya sea por sí mismo o por los técnicos designados.