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IRPF

Declaración de la Renta: ¿estoy a tiempo de desgravar?

El último día para presentarla es el próximo lunes 30 de junio

Una persona hace la declaración de la Renta Eduardo ParraEuropa Press

La campaña de la Renta está agotando su último aliento. El próximo 30 de junio será el último día en el que los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones del IRPF y Patrimonio correspondientes al ejercicio fiscal 2024. Pese a ello, todavía hay algunos contribuyentes que todavía no han rendido cuentas en esta cita anual con la Agencia Tributaria. Pero, ¿todavía estamos a tiempo para presentar la declaración de la Renta?

El último día para presentarla es el próximo lunes 30 de junio, pero si se quería domiciliar el pago, el plazo ya ha pasado. Fue el pasado 25 de junio el plazo límite para los contribuyentes que opten por la domiciliación bancaria y cuyo saldo sea positivo. Por tanto, de momento, los contribuyentes pueden seguir desgravándose ciertos gastos en la declaración de la Renta.

La vivienda es uno de los grandes protagonistas de esta campaña. Si una persona tiene una casa en propiedad y una hipoteca anterior a 2013 podrá deducirse hasta el 15% de lo pagado ese año -con un límite de 9.040 euros-. Asimismo, los propietarios podrán optar hasta a tres tipos de deducciones por reformas por eficiencia energética de su vivienda en función del ahorro que consigan. En ocasiones se puede recuperar hasta el 60% de la inversión, tal y como explican desde la inmobiliaria online Housfy.

En el caso de que se tenga una vivienda arrendada, el casero tendrá que tributar por los ingresos, pero podrá restar todos los gastos relacionados con el alquiler -comunidad, IBI, seguro, hipoteca....-. Además, si el inquilino usa la vivienda como residencia habitual, el propietario podrá aplicarse una reducción del 60% sobre el rendimiento neto.

Las personas que vivan de alquiler también podrán acceder a una serie de deducciones. Algunas comunidades autónomas como Cataluña, Madrid, Andalucía o Comunidad Valenciana permiten deducciones para jóvenes, familias o personas con bajos ingresos. Para poder beneficiarse de estas se debe estar empadronado en la vivienda y tener el contrato registrado.

También hay ahorros importantes si se vende una casa. Aquellos que vendan una vivienda habitual pero reinviertan todo ese dinero en la compra de otra habitual no pagarán nada por la ganancia obtenida. El contribuyente tendrá dos años desde la venta o la compra del inmueble para pagar, pero se debe marcar en la declaración si ya ha ocurrido esta transacción.

Si una persona vende su vivienda habitual y tiene más de 65 años, la ganancia está totalmente exenta de tributar. También se aplica si se vende otra propiedad que no sea la habitual y ese dinero se invierte en una renta vitalicia.