Tener una cuenta compartida con un familiar o pareja es habitual, pero pocas personas saben qué ocurre cuando uno de los titulares fallece. La situación puede convertirse en un rompecabezas legal si no se conoce la modalidad de la cuenta. En algunos casos, el dinero queda bloqueado de inmediato; en otros, el cotitular superviviente puede seguir utilizando el saldo sin restricciones. La clave está en cómo se firmó la titularidad desde el inicio.
Qué diferencia una cuenta conjunta de una indistinta
El sistema bancario español reconoce dos tipos principales de cuentas compartidas, cuentas conjuntas o mancomunadas y cuentas indistintas o solidarias. Esta distinción es determinante cuando uno de los titulares fallece.
Cuentas conjuntas o mancomunadas
En este tipo de cuentas, cualquier operación retirada de dinero, transferencia o modificación requiere la autorización de todos los titulares. Cuando uno fallece, esa capacidad pasa a sus herederos.
Esto significa que el cotitular superviviente no puede manejar el dinero por sí solo. Para hacerlo, necesita el consentimiento expreso de todos los herederos del difunto. Hasta que no exista ese acuerdo, la entidad bancaria suele limitar o paralizar el acceso al saldo.
Cuentas indistintas o solidarias
Funcionan de manera opuesta. Aquí, cualquiera de los titulares puede operar sin necesidad de pedir permiso al otro.
Si uno fallece, el titular superviviente puede seguir disponiendo del dinero de forma inmediata. No necesita autorización de los herederos para seguir pagando recibos, sacar efectivo o realizar transferencias.
Eso sí, el dinero sigue formando parte de la herencia, por lo que los herederos pueden reclamar su parte más adelante, pero la operativa bancaria no se detiene.
Qué puede ocurrir en la práctica tras el fallecimiento
En una cuenta mancomunada, el banco puede restringir los movimientos del titular que sigue vivo hasta que exista una acreditación formal de quiénes son los herederos y estos otorguen su consentimiento.
Durante ese tiempo, solo suelen mantenerse activos los recibos ya domiciliados, siempre que no exista oposición. El bloqueo puede afectar incluso a cantidades que proceden del titular superviviente.
Acceso inmediato en cuentas indistintas
En las cuentas solidarias, la operativa sigue igual que antes del fallecimiento. El banco no suele paralizar la cuenta, aunque posteriormente pueda requerir documentación para delimitar qué parte corresponde a la herencia.
Es un sistema más flexible, aunque implica un riesgo: cualquiera de los titulares podía haber dispuesto del dinero libremente incluso antes del fallecimiento.
Consejos para evitar conflictos familiares y económicos
- Comprueba qué tipo de cuenta tienes: mucha gente firma una titularidad sin saber si es conjunta o indistinta.
- Comunica cuanto antes el fallecimiento al banco: esto evita movimientos contradictorios y permite iniciar cuanto antes el proceso hereditario.
- Reúne la documentación necesaria: certificado de defunción, testamento o declaración de herederos. Cuanto más ágil sea la entrega, menos tiempo permanecerá bloqueada la cuenta.
- Habla con los herederos si la cuenta es conjunta: los acuerdos tempranos evitan problemas y aceleran la disponibilidad del dinero.
- Valora la modalidad adecuada antes de abrir una cuenta compartida: las indistintas facilitan la operativa; las conjuntas brindan más control conjunto.
Cuenta con normalidad
Una misma cuenta compartida puede comportarse de forma muy distinta según cómo se haya firmado. En una cuenta conjunta, el acceso del cotitular superviviente se paraliza hasta que los herederos lo autoricen. En una cuenta indistinta, la operativa continúa con normalidad. Conocer la diferencia no solo evita sustos, sino que también previene conflictos en un momento especialmente delicado.