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Seguridad Social
Los pensionistas de este país han recibido una buena noticia en los últimos días. Y es que se acerca el verano y los beneficiarios de una pensión recibirán una de las dos correspondientes pagas extra del año.
Tal y como establece la Seguridad Social en su página web, las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades y se satisfacen en 14 pagas, una por cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se devengan en los meses de junio y noviembre.
Sin duda, esto supone una importante ayuda económica para los jubilados, que debido al aumento del coste de vida tienen que hacer frente a multitud de gastos. Por ello, la paga extra está cerca de llegar a sus cuentas bancarias, suponiendo un alivio de cara a los gastos del verano.
La Seguridad Social ha confirmado que este 2025 el abono se realizará entre el sábado 21 de junio y el miércoles 25 de junio. Sin embargo, las entidades bancarias suelen adelantar las transferencias a los ciudadanos para que puedan disfrutar de los ingresos días antes.
Tras el ingreso de esta paga extra, no será hasta noviembre cuando los beneficiarios de una pensión reciban la segunda y última del año.
Con la llegada del mes de junio, los jubilados recibirán la mensualidad correspondiente del mes y la paga extra de verano. Sin embargo, el pago no se realizará por separado, sino que el beneficiario recibirá un único ingreso con el doble de la cuantía que suele percibir de normal.
La mayoría de los pensionistas tienen derecho a esta paga. Sin embargo, existen algunas excepciones, como aquellos que cobran pensiones derivadas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. En estos casos, los ciudadanos no reciben este extra ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas en los 12 meses del año.
De esta manera, los beneficiarios de esta paga extra son los jubilados, los beneficiarios de pensiones por incapacidad permanente, los viudos y viudas y otros perceptores de pensiones contributivas que no estén prorrateadas.
En 2025 las pensiones contributivas han aumentado un 2,8% por norma general, acorde al IPC; mientras que las mínimas lo han hecho un 6%. En cambio, las no contributivas y el ingreso mínimo vital han subido un 9%, un aumento ligeramente superior al de las pensiones de viudedad con cargas familiares (9,1%).
De este modo, las pensiones mínimas a recibir para los jubilados son las siguientes:
En caso de incapacidad, la cuantía mínima es:
Por último, en caso de viudedad:
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