Agencia Tributaria

Si la próxima declaración de la Renta te sale a pagar, estos son los dos nuevos métodos con los que podrás saldar la deuda

La Agencia Tributaria activará dos nuevas vías de pago instantáneo

MADRID.-El plazo para presentar declaraciones de la Renta a ingresar con domiciliación bancaria termina este martes
Contribuyentes presentando la declaración de la Renta en una oficina de la Agencia Tributaria Europa Press

El efectivo y las transferencias bancarias pierden terreno frente al pago con tarjeta y Bizum. Según los datos más recientes del Banco de España, el 44% de la población española dispone de Bizum y el 36% lo usa con frecuencia, mismo porcentaje que el de las transferencias como método de pago. En cuanto al pago con tarjeta, el 32% de la población española lo usa a diario. Ante la creciente popularidad de estos métodos de pago, la Agencia Tributaria ha decidido dar un paso adelante para "hacer las cosas más fáciles al contribuyente".

Tal y como lo anunció la directora general de la AEAT, Soledad Fernández, en su intervención en la inauguración del XXXIV Congreso de Inspectores de Hacienda del Estado el pasado mes de octubre, la Agencia Tributaria (AEAT) trabaja para habilitar el pago del resultado de la declaración de la Renta a través de la aplicación móvil de pagos instantáneos Bizum o a través de tarjeta, una posibilidad que tendrá operativa para la campaña de la Renta 2024-2025, que arrancará el próximo 2 de abril -vía online- y terminará el 30 de junio. También hay que tener otras tres fechas clave en cuenta: el 6 de mayo da inicio la presentación por teléfono, el 2 de junio la presentación presencial en las oficinas y el 25 de junio acaba el plazo para presentar las declaraciones con resultado a ingresar que quieran domiciliarse.

Aunque aún quedan más tres meses para que arranque la presentación de declaraciones, los contribuyentes deben tener en cuenta que se exponen a sanciones si no cumplen con sus obligaciones tributarias o lo hacen fuera de plazo. La Agencia Tributaria tiene un plazo de cuatro años para revisar el IRPF, por lo que si desde esta próxima campaña hasta 2029 detecta alguna irregularidad, Hacienda le enviará un requerimiento e iniciará un procedimiento sancionador.

Otras novedades a tener en cuenta para la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024 es que estarán obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores - igualándose al Salario Mínimo Interprofesional- , así como aquellos que hayan estado dados de alta como autónomos o que hayan percibido prestación de desempleo, entre otros supuestos. En cuanto a los desempleados, el Real Decreto-Ley 2/2024 dispone que "no presentar la declaración supondrá la pérdida automática del derecho a percibir la prestación por desempleo".