Derecho laboral

¿Te pueden echar del trabajo por quedarte dormido? La Justicia da la razón al empleado

Pese a que pueda parecer utópico, un trabajador se quedó dormido en su puesto de trabajo, su empresa le despidió y la Justicia le otorgó derecho a indemnización

Quedarse dormido en el trabajo
¿Te pueden echar del trabajo por quedarte dormido? Una sentencia da la razón al empleadoPEXELS (Mikhail Nilov)

En el ámbito laboral, los derechos de los trabajadores constituyen uno de los pilares fundamentales del equilibrio entre empleados y empresas. La legislación española, a través del Estatuto de los Trabajadores, establece con claridad las obligaciones y las garantías que rigen en cualquier relación profesional. Aun así, no siempre las normas escritas bastan para resolver los conflictos que surgen en el día a día de un empleo. La interpretación de los tribunales, en muchos casos, acaba determinando el alcance real de esos derechos y las consecuencias de su incumplimiento. Por ello, cada fallo judicial no solo afecta a las partes implicadas, sino que también marca precedentes que pueden modificar la forma en que se entienden las relaciones laborales en el futuro.

Las empresas, por su parte, tienen la responsabilidad de mantener la productividad y el correcto funcionamiento de sus equipos, pero deben hacerlo dentro de los límites legales. Sin embargo, hay ocasiones en que las sentencias judiciales sorprenden por su contenido. A veces se conceden razones al trabajador o a la empresa por motivos que parecen ir más allá de la lógica o de lo expresamente regulado. En esas decisiones, la justicia busca un equilibrio entre la norma, las circunstancias personales y la proporcionalidad de las sanciones. Estas resoluciones ponen de manifiesto la complejidad de aplicar la ley a casos concretos donde influyen factores humanos, éticos y organizativos.

En los últimos tiempos se ha conocido un caso que ilustra a la perfección esta complejidad. Un trabajador fue despedido tras quedarse dormido durante unos minutos en su jornada laboral, pero los tribunales terminaron dándole la razón y declarando improcedente el despido. La resolución ha generado debate sobre los límites de la sanción disciplinaria y la interpretación de lo que constituye una falta grave en el trabajo. Este caso ha reavivado la discusión sobre hasta qué punto un error puntual puede justificar una medida tan extrema como la pérdida del empleo.

Un trabajador es despedido por dormir en su jornada

El empleado afectado era conductor mecánico de la empresa Disfrimur S.L., encargada del transporte de mercancías para la cadena Mercadona. En septiembre de 2022, mientras realizaba un reparto, se quedó dormido en el camión durante apenas doce minutos, lo que provocó un leve retraso en la entrega prevista para las ocho de la mañana. A raíz de este incidente, Mercadona comunicó a la empresa transportista que prescindiría temporalmente de sus servicios por el suceso, lo que derivó en el despido disciplinario del trabajador. La noticia se propagó rápidamente, generando controversia sobre si una acción tan breve podía realmente justificar una sanción tan severa.

La compañía argumentó que no se trataba de un hecho aislado y que el empleado ya había acumulado otras incidencias previas, como una frenada brusca que dañó parte de la carga y una sanción anterior por exceso de velocidad. Consideraba, por tanto, que el comportamiento del trabajador demostraba una falta de profesionalidad reiterada y que su despido estaba plenamente justificado. Según la empresa, mantenerlo en plantilla podría haber comprometido tanto la seguridad vial como la imagen del servicio prestado a un cliente de gran relevancia.

La Justicia dicta sentencia: derecho a indemnización

El caso llegó al Juzgado de lo Social número ocho de Valencia, que en enero de 2024 dictaminó que el despido era improcedente. Según la sentencia, el hecho de quedarse dormido durante unos minutos no podía considerarse una infracción de la gravedad suficiente como para poner fin a la relación laboral. El juez ordenó a la empresa elegir entre readmitir al trabajador o indemnizarlo con treinta y tres días de salario por año trabajado. El tribunal también señaló que el retraso no había generado un perjuicio económico notable ni había puesto en riesgo la seguridad o la integridad de terceros.

La compañía recurrió la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, pero este tribunal confirmó la improcedencia del despido. En su resolución, los magistrados subrayaron el principio de gradualidad en las sanciones, es decir, la obligación de aplicar medidas proporcionales a la falta cometida. Dormirse durante unos minutos no supone una dejación grave de funciones ni un perjuicio irreparable para la empresa, salvo en casos en que el puesto implique una vigilancia constante. Así, la Justicia terminó dando la razón al empleado y recordando que incluso los errores humanos deben ser juzgados con prudencia y equilibrio. Con este fallo, se refuerza la idea de que la ley no solo castiga, sino que también protege frente a decisiones empresariales desproporcionadas.