Despido disciplinario

Publicar una queja en redes sociales sobre tu situación laboral puede llegar a costarte el puesto de trabajo

Esta práctica, que en ocasiones sirve como método para desahogarse, puede llegar a suponer un grave problema, llegando a ser el motivo de un despido disciplinario

Microcréditos digitales
Publicar una queja en redes sociales sobre tu situación laboral puede llegar a costarte el trabajo en estos casosGoogleGoogle

España sigue arrastrando un problema estructural de precariedad laboral que empuja, precisamente, a muchos empleados a utilizar las redes como vía de desahogo o denuncia. La temporalidad, los bajos salarios y las jornadas interminables generan un clima en el que el miedo a represalias dentro del entorno laboral lleva a algunos a buscar refugio en el espacio digital. Pero ese intento de reivindicación puede volverse en su contra, porque la frontera entre la legítima protesta y la ofensa empresarial es difusa y, en ocasiones, la ley no siempre protege al trabajador frente a la interpretación más restrictiva del empleador.

De esta manera, en los últimos años, las redes sociales se han convertido en el escenario donde muchos trabajadores expresan su malestar por sus condiciones laborales. Plataformas como X, Instagram o TikTok han dado voz a quienes antes no tenían altavoz, permitiendo denunciar abusos, precariedad o mal ambiente en el trabajo. Sin embargo, este ejercicio de libertad puede tener un alto coste. Cada vez más empresas reaccionan con sanciones o incluso con despidos cuando sus empleados hacen públicas críticas relacionadas con su puesto, lo que abre un debate complejo entre los derechos individuales y las normas internas de las compañías.

La vulneración de derechos laborales también se ha vuelto más sutil en la era digital. No siempre se manifiesta con despidos injustificados o falta de pagos, sino en la limitación del derecho a expresarse libremente sobre la realidad del trabajo. La autocensura se ha instalado entre quienes temen perder su empleo por un comentario malinterpretado. Y aunque el derecho a la libertad de expresión está reconocido constitucionalmente, protegido en el artículo 20 de la CE, en el ámbito laboral convive con el deber de buena fe y respeto hacia la empresa, generando un conflicto entre principios fundamentales.

¿Te pueden despedir por un comentario en redes?

El Estatuto de los Trabajadores, norma básica que regula las relaciones laborales en España, reconoce tanto los derechos del empleado como los del empleador. La empresa tiene derecho a defender su reputación y exigir lealtad a su plantilla, mientras que el trabajador conserva su libertad de opinión dentro de unos límites. Esta tensión se concreta en el artículo 54, que regula el despido disciplinario, y en el que se enumeran las causas que pueden justificar la extinción de un contrato de trabajo por decisión del empresario.El propio texto legal señala en el artículo 54.2 que se considerará incumplimiento contractual grave y culpable.

"Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos", esclarece en el escrito. Esta redacción, pensada para décadas pasadas, se ha reinterpretado con la aparición de las redes sociales. Los tribunales han tenido que determinar hasta qué punto una publicación en internet puede considerarse una "ofensa verbal". Así, se han producido fallos en direcciones opuestas. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 30 de enero de 2017 confirmó el despido disciplinario por manifestaciones difundidas a través de una red social. Pero, sin embargo, otros recursos de casos diferentes han terminado por invalidar situaciones parecidas en otras comunidades.

Cuidado con lo que escribes en tus redes sociales

La conclusión de estos casos deja claro que no todo comentario negativo justifica un despido, pero tampoco todo acto de libertad de expresión está amparado por la ley. Los jueces han establecido que el trabajador puede expresar opiniones críticas, siempre que no utilice insultos, expresiones vejatorias ni revele información confidencial. Mencionar directamente el nombre de la empresa o publicar datos internos puede considerarse una falta grave, mientras que las críticas generales, razonadas y sin descalificaciones personales suelen ser toleradas como ejercicio legítimo de expresión.

Por ende, publicar una queja en redes sociales sobre la situación laboral no es en sí mismo motivo automático de despido, pero puede serlo si el contenido vulnera los principios de respeto y buena fe que exige el Estatuto de los Trabajadores. En un contexto de precariedad y frustración, la red se ha convertido en un espacio de denuncia, pero también en un terreno minado para quien no mide sus palabras. La línea es fina y está marcada por el tono, el contexto y la intención. La clave es recordar que la crítica puede ser legítima, pero el insulto o la deslealtad digital tienen consecuencias que, en muchos casos, acaban en los tribunales.