Igualdad de género
La ley Montero: nuevos delitos, pero sin juzgados especializados
El anteproyecto de ley integral por la protección de la libertad sexual que se aprueba hoy en el Consejo de Ministros incluye agravantes si el agresor es pareja de la víctima
Después de semanas de discrepancias entre Justicia e Igualdad, hoy el anteproyecto de la ley integral para la protección de la libertad sexual, verá la luz en el Consejo de Ministros. La ley sembró uno de los primeros conflictos dentro del gobierno de coalición, pues desde el ministerio que dirige Irene Montero se insistía en incluir la reforma del Código Penal dentro de la propia ley para eliminar el concepto de abuso y blindar el solo «sí es sí» –como refleja el documento del gobierno de coalición firmado entre PSOE y Podemos–, mientras que desde el Gobierno se optaba por que esta medida se incluyera dentro de la reforma integral del Código Penal. Moncloa acabó escenificando la semana pasada el consenso total en torno a la ley y confirmó que el anteproyecto vería la luz la semana del 8-M e incluiría el solo «sí es sí».
Ganaba así la partida el ministerio de Igualdad, pues hoy el Gobierno aprobará la eliminación del concepto de abuso y será considerado como agresión, gracias a la introducción del consentimiento. Sin embargo, durante la negociación, la propuesta de Igualdad sobre la ley para la protección de la libertad sexual ha sufrido varios cambios y todavía hay algunas iniciativas moradas que deberán ser estudiadas en los próximos meses y no se incluirán en la ley. Quedará sobre papel mojado, de momento, algunas de las banderas de Unidas Podemos como la inclusión dentro de la ley para dotar de competencias a juzgados especializados para resolver los casos de violencia de género. A día de hoy son sentenciados en órganos ordinarios y todavía no ha habido consenso con el Ministerio de Justicia sobre como regular esa formación para los juzgados que se encargan de la violencia de la pareja, según explican fuentes gubernamentales.
La ley que hoy será presentada prevé también la creación de nuevos delitos y la modificación de los años de algunas de las penas. Por tanto agresiones sexuales, acoso sexual, acecho, extorsión y engaño pederasta o infección intencionada de enfermedades de transmisión sexual podrán ser penadas.
El anteproyecto si prevé un agravante tipificado en el caso de que el agresor es o haya tenido una relación sentimental con la víctima, pues recoge el espíritu del Convenio de Estambul. En la actualidad el delito de violación se pena con cárcel entre seis y doce años. La ley también prevé la creación de una red de servicios de información y asistencia especializada, con centros de crisis «que atiendan a las víctimas de delitos sexuales las 24 horas del día». En palabras de la ministra de Igualdad, la ley «incluye penas proporcionales y eficaces para luchar contra todas las formas de violencias sexuales», por tanto, dijo «sería inexacto hablar de rebajas de penas porque hay penas que se introducen o, las penas de acoso que, todas suben», en relación a medios que apuntan a una rebaja del delito de violación.
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