Análisis
Las redes sociales en campaña: ¿Actores políticos?
En los Estados democráticos las elecciones cumplen un papel esencial en el que los ciudadanos son los verdaderos protagonistas
Lo que sucede durante una campaña electoral refleja, de alguna manera, si las elecciones se están desarrollando de forma justa y libre. Y para que sean libres y justas, en los regímenes democráticos, es premisa asegurar la igualdad de oportunidades y la equidad electoral.
Aun cuando Loewenstein advirtió de la desigualdad entre los partidos políticos durante las campañas electorales, las democracias actuales, al menos las de nuestro entorno, han procurado, con unos u otros instrumentos, garantizar la celebración de los procesos electorales en condiciones de igualdad y equidad. Por estos motivos, los ordenamientos jurídicos de las democracias occidentales disponen de una normativa singular que afecta a los medios de comunicación en los días previos a los procesos electorales, pues ese período es determinante en la formación de la opinión pública y en su posterior reflejo en la elección de los representantes.
En España, una reforma producida en el año 2011 ahondó en la regulación de la publicidad y la información electoral en los medios de comunicación tanto públicos como de titularidad privada en aras de mantener el respeto oportuno a los principios de pluralidad política y social, así como de igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa, principios todos ellos sobre los que se han pronunciado las juntas electorales.
Pero el escenario jurídico actual ha sido superado por las redes sociales. La Ley se mantiene callada sobre el importante papel de las plataformas en general, y, en particular, respecto de su papel en la información y promoción cultural y política de los ciudadanos durante los procesos electorales. Y ello a pesar de que, desde hace años, los canales digitales han transformado los hábitos mediáticos, ocupando destacadísimas cuotas del marketing político y de propaganda electoral debido a la influencia ejercida sobre la opinión pública. En esas cibercampañas, los partidos y los políticos lanzan sus mensajes e interactúan comprendiendo las preferencias, tendencias y las expectativas de los electores, y, todo ello, ahorrando en costes de propaganda, algo siempre relevante, y más en el momento actual. Es quizá, por ello, el medio más empleado para ejercer hoy el arte de la política.
Pero ¿qué sucede cuando una red social suspende una cuenta o elimina un mensaje de un partido político en período electoral?
Obviando ahora el debate de si son empresas tecnológicas o mediáticas, lo cierto es que, si se apartan de la estricta neutralidad, dejan de ser simples instrumentos para el debate público para apuntalarse como actores políticos. Esa actitud, de alguna manera, sirve para que unos candidatos tomen ventaja y se produzcan desigualdades en la sana competencia democrática. No hay que olvidar que los partidos diseñan sus estrategias en las redes para proponer medidas, denunciar hechos, para atraer a los votantes, movilizar al electorado y vencer en la competencia por el voto, esto es, participan en el método democrático en el sentido que le dio Schumpeter.
Por otro lado, la censura en las redes durante una campaña electoral daña a los propios ciudadanos. Impide su derecho a informarse de las propuestas, a crear su propia opinión política, a comunicar reenviando mensajes, e incluso se les dificulta el acceso a una parte relevante de su propio desarrollo personal, el de la vida digital dentro del marco de la participación en la vida política y social. Este último aspecto fue precisamente el que más ha entusiasmado a los estudiosos de la comunicación, que han visto en las redes una posibilidad de estímulo para la participación política y el debate público.
Las empresas de redes, al suspender cuentas o eliminar mensajes, lo argumentan en base a los términos del acuerdo de adhesión y en su criterio sobre lo que procede o no publicarse. Esto parece violentar uno de los derechos fundamentales del ejercicio efectivo de los derechos políticos, el de la libertad de expresión de quien ejerce su derecho al sufragio pasivo y activo, puesto que la libre circulación de las ideas favorece el conocimiento y el respeto políticos. En resumen, la expresión de mensajes, datos, opiniones y propuestas es elemental en un régimen representativo, tanto para la participación política como para emitir un voto informado.
Nos encontramos, por consiguiente, ante un momento decisivo en la controversia reciente y latente en torno a las redes sociales y la libertad de expresión. La delimitación de ésta únicamente puede realizarse cuando sea estrictamente necesaria y siempre mediante los instrumentos del Estado de Derecho. Está en juego la supervivencia de las libertades políticas. Para evitar un dominio totalitario de la sociedad, conviene que la libertad de expresión sea protegida, y con mayor determinación, si cabe, en el transcurso de toda campaña electoral.
Ignacio de Hoces Íñiguez es jurista e historiador
✕
Accede a tu cuenta para comentar