Procés

La Fiscalía pide que los presos del 1-O vuelvan de inmediato a prisión

Recurre el tercer grado de los nueve condenados por sedición y cuestiona la política penitenciaria de la Generalitat por «alterar» la sentencia

Pocas horas después de que se conociesen los resultados de los comicios catalanes, la Fiscalía ha recurrido el tercer grado de los nuevos presos condenados por sedición por la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Tal como adelantó LA RAZÓN el pasado día nueve, los recursos estaban prácticamente ultimados la semana pasada, pero se había optado por no formalizarlos hasta pasada la cita electoral. Ahora, dependerá de los titulares de los juzgados de Vigilancia Penitenciaria números 1 y 5 de Cataluña los que decidan, en primera instancia, si revoca o no el régimen de semilibertad del que disfrutan ahora hasta la resolución del fondo del recurso. El primero de ellos resolverá lo relativo a Carme Forcadell y Dolors Bassa y las mantuvo en tercer grado hasta que lo revocó el Supremo, mientras que el segundo fallará sobre los otros siete condenados que ahora sólo pernoctan de lunes a jueves en la prisión de Lledoners y optó por ordenar su ingreso en prisión hasta la resolución de los recursos. Sin embargo, este último juzgado tiene un nuevo titular, por lo que será la primera vez que se pronuncie.

La Generalitat otorgó el tercer grado a los condenados del «procés» el pasado 28 de enero, pocas horas antes de que comenzara la campaña electoral, por lo que han podido salir a diario de la cárcel e intervenir en los actos electorales de sus partidos.

El Ministerio Público critica la decisión de la Generalitat de otorgarles el régimen de libertad apenas 40 días después de que el Tribunal Supremo lo hubiese revocado, sin que se haya hecho referencia alguna a ninguna circunstancia relevante que se haya producido en este período tan corto de tiempo ni exista ningún informe que desvirtúe lo esgrimido por el Tribunal Supremo cuando lo revocó. Y es que, añade la Fiscalía,

En los recursos, el Ministerio Público viene a esgrimir como aspectos esenciales la «extrema gravedad de los delitos cometidos», es decir, sedición en concurso con el de malversación de caudales públicos, la altas penas impuestas, el poco tiempo de cumplimiento de las mismas y la falta de reconocimiento de la gravedad del delito, pues sólo hay un reconocimiento de los hechos y asunción de sus consecuencias y que se produjeron «en un momento social y político excepcional» y debido a los cargos que ostentaban. En el caso de Junqueras, éste ya señaló en su momento que actuó de forma en que lo hizo, poniendo todos los medios para la celebración del 1-O, porque había un «mandato superior del Parlamento de Cataluña».

Aviso al Parlament

Al respecto, la Fiscalía lanza un claro mensaje y aviso, no sólo en lo relativo al exvicepresidente, sino que se puede extender a toda la actividad del Parlament que puede venir: «No hay una voluntad superior del Parlamento de Cataluña por encima del mandato Constitucional, que es precisamente el que sustenta a las instituciones autonómicas de Cataluña, ni se puede uno arrogar la facultad de interpretar la voluntad popular».

Una vez decidan los jueces si dejan en suspenso o no el tercer grado y ordenan el regreso a prisión de los condenados, deberán resolver sobre el fondo de los recursos. Si rechazan ambas peticiones, la suspensión, en primer lugar, y la revocación, al resolver el fondo de los recursos, será cuando la Fiscalía recurra en apelación ante el Supremo, como tribunal sentenciador, pero que deberá presentarse en esos mismos juzgados, quienes los remitan al Alto Tribunal.