"Caso Neurona"
La Audiencia cree que la “caja B” de Podemos se usó para beneficio de “algunos”
Revoca la decisión del instructor de archivar las pesquisas del “caso Neurona” y acepta además la personación como perjudicada de la exsenadora morada Celia Cánovas
La Audiencia de Madrid ha acordado la reapertura de la investigación en relación a la “caja de solidaridad” de Podemos, que acordó el pasado octubre el juez que indaga en la supuesta financiación irregular de la formación morada, el titular del Juzgado de Instrucción número 42 de la capital, Juan José Escalonilla.
La Sala estima así el recurso planteado por Vox y la Asociación de Juristas Europeos Pro Lege contra ese sobreseimiento y ordena al instructor “la continuación del proceso hasta el esclarecimiento de la presunta administración desleal del numerario del Fondo de Solidaridad del partido político Podemos”.
Así lo pone de relieve la Sección número 30 de la Audiencia Provincial de Madrid en una resolución en la que rechaza la expulsión del procedimiento como perjudicada de la ex senadora de Podemos Celia Cánovas, ordenando al juez que la tenga por perjudicada, que esgrimió ser víctima de los delitos de administración desleal y malversación supuestamente cometidos por la cúpula de Podemos en la gestión de esa caja de solidaridad.
La Sala considera que al revocar el archivo de la investigación de esa supuesta administración desleal, “queda así sin vigencia el principal argumento del magistrado instructor” para no reconocer a la exsenadora de Podemos la condición de perjudicada.
Podemos “no ha facilitado información”
En la resolución en la que admite los recursos y tumba el archivo de la investigación sobre la “caja de solidaridad”, el tribunal afirma que la investigación ha venido a “confirmar la existencia de indicios de la posible comisión de delito” y llama la atención sobre el hecho de que Podemos “no ha facilitado información sobre si concedió la cantidad de 50.00 euros” a la asociación #404 Comunicación Popular.
“Resta por conocer el destino de esas cantidades, así como, en su caso, las personas que autorizaron la disposición del dinero y los beneficiarios finales, cuestiones necesarias para la determinación de la eventual existencia del delito y de sus autores”, argumentan los magistrados, que en consecuencia estiman los recursos planteados por las dos acusaciones populares.
Para la Audiencia de Madrid “es razonable pensar que concurre una vinculación subjetiva encubierta entre esa asociación y Podemos, que se pudiera haber utilizado para obviar las limitaciones” de la Ley de Partidos Políticos sobre financiación “para operar al margen de la actividad inspectora del Tribunal de Cuentas, en beneficio de algunos, con perjuicio del resto de los miembros de Podemos y de los fines sociales a los que debieran dedicarse los fondos”.
El juez no vio nada “anómalo o extraño”
Tras investigar el destino de 55.000 euros procedentes de esa “caja de solidaridad” para la Asociación #404 Comunicación Popular -una de las denuncias del exabogado de Podemos José Manuel Calvente-, el juez Escalonilla pidió a la Policía que identificara a “la persona física y jurídica” que se benefició de esos fondos. Pero terminó archivando las pesquisas al concluir que no resulta “anómalo o extraño” que las cantidades que nutrían ese fondo del partido se emplearan en “fundaciones o movimientos” próximos a Podemos para que “desarrollen actividades propias de las contempladas como subvencionables por dicha Caja de Solidaridad”, y más teniendo en cuenta que, como en este caso, miembros de la formación morada (algunos cargos relevantes de Podemos) pertenecen a esa asociación.
Escalonilla esgrimió para no dejar ejercer la acusación particular a Cánovas que el objeto de la causa no es “investigar la totalidad de las presuntas conductas irregulares llevadas a efecto” por el partido de Pablo Iglesias, “convirtiendo este procedimiento en una investigación prospectiva sobre la actividad de dicho partido”. E hizo hincapié en que para que se investigara el uso y destino de los fondos de la “caja de solidaridad” (donde los cargos de la formación morada ingresaban una parte de su sueldo para fines sociales) “deberían existir indicios del uso irregular” de los mismos, que en esos momentos consideraba “inexistentes”.
Compromiso ético
“Las donaciones a las que se refiere la recurrente derivan de los compromisos éticos, políticos y económicos que suscribió al unirse al proyecto político”, subrayan los magistrados, que recuerdan que “así se lee en el código ético y la carta de cargos públicos del partido” que Cánovas “aceptó con el compromiso de candidatura, en el momento de presentarse a las primarias”. “Era por tanto consciente de que la presentación de su candidatura estaba ligada a una serie de compromisos”.
La propia exsenadora, apunta la Audiencia, “reconoce en su escrito de personación que llegó a un acuerdo con el partido por el que sus aportaciones sólo llegarían al importe de 1.000 euros mensuales”. “Es decir, reconoce ella misma que la organización a la que ahora reprocha haberle reclamado esas cantidades, transó con ella hasta el punto de permitirle superar la cuantía de tres salarios mínimos interprofesionales a la que inicialmente se había comprometió”, añade. Todo ello, concluye, “y su condición de afiliada la constituye en presunta víctima o perjudicada de parte de los hechos investigados”.
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