"Caso De Miguel"
El Tribunal Supremo avala las condenas por corrupción a tres exdirigentes del PNV
Ratifica las adjudicaciones a dedo a cambio de comisiones, pero rebaja ocho meses la pena de prisión al principal acusado, Alfredo de Miguel, ex “número dos” de la formación jetzale en Álava
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado, con mínimas rebajas de penas, las principales condenas por corrupción impuestas por la Audiencia Provincial de Álava al ex “número dos” del PNV en esta provincia Alfredo de Miguel y a los también exdirigentes de la formación nacionalista Luis Felipe Ochandiano y Carlos Aitor Tellería por el “caso De Miguel”, que arrancó en 2006 con la adjudicación por parte del Parque Tecnológico de Álava (PTA) -de cuyo accionariado forma parte el Gobierno vasco- de un contrato a dedo por valor de 600.000 euros, a cambio de comisiones, para la ampliación de sus instalaciones.
El tribunal -que avala a grandes rasgos las condenas por tráfico de influencias, inducción o cooperación a la prevaricación, cohecho, malversación, falsedad documental, asociación ilícita y blanqueo por el considerado el mayor caso de corrupción en el País Vasco- absuelve no obstante a De Miguel Aguirre de uno de los delitos por los que fue condenado, el de tráfico de influencias, por la adjudicación de contratos en el Ayuntamiento de Zambrana, lo que reduce de trece a doce años y cuatro meses de prisión (con un límite legal de cumplimiento de nueve años) la condena que le impuso en diciembre de 2019 la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Álava.
Asimismo, el Supremo absuelve a Tellería -cuya condena pasa de seis años y medio de prisión a cinco años, un mes y 15 días- de su responsabilidad, como cooperador necesario, del delito de tráfico de influencias respecto de la adjudicación por el PTA de un contrato de asesoramiento a Urbanorma. En el caso de Ochandiano, la Sala le impone una condena de siete años y medio de prisión, limitados a seis años y nueve meses de cumplimiento efectivo.
“Prevaliéndose de su influencia política”
Quien sí ha resultado totalmente absuelto ha sido Julián Sánchez Alegría, responsable de los parques tecnológicos, ante la “inexistencia de prueba de cargo que sostenga su responsabilidad” como autor de dos delitos de prevaricación al adjudicar, como presidente del PTA, sendos contratos a Urbanorma y Studio Técnico Obras y Arquitectura, en 2006 y 2008 respectivamente, por trabajos de consultoría. La Sala concluye por tanto que “procede anular el pronunciamiento de condena” (en su caso no era de prisión, sino de inhabilitación) y “absolverle de los hechos en los que se sustentaron todas las acusaciones”.
De entre los 15 condenados por la Audiencia de Álava en 2019, otro de los beneficiados por la resolución del Tribunal Supremo es el constructor Jon Iñaki Echaburu, absuelto de los delitos de cohecho y asociación ilícita por los que fue condenado por la Audiencia de Álava.
La Sala -presidida por Manuel Marchena e integrada además por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Ana Ferrer y Pablo Llarena, que ha sido ponente de la resolución- considera que los tres exmiembros del “Araba Buru Batzar”, la cúpula del PNV en Álava, “prevaliéndose de su capacidad de influencia política como miembros de la ejecutiva alavesa del Partido Nacionalista Vasco y de su compañerismo político con personalidades que ocupaban puestos de relevancia en la administración autonómica y municipal, se concertaron para favorecer que determinados organismos de la administración adjudicaran contratos de obras o de servicios a empresarios que estuvieran dispuestos a pagarles una comisión”.
Sus esposas como testaferros
Para encubrir el cobro de estas mordidas, confirma el alto tribunal, los acusados constituyeron a través de testaferros varias sociedades que facturaban servicios ficticios a los empresarios beneficiados. Una de estas empresas, Kataia Consulting, se constituyó a nombre de sus respectivas esposas, entre ellas la de Tellería, Araceli Bajo, a quien la Audiencia de Álava absolvió por no haberse acreditado que conociera que la sociedad estaba vinculada a una actividad ilícita de su esposo.
El Supremo sí confirma las condenas impuestas a las esposas de los otros dos exdirigentes jetzales, Ainhoa Bilbao e Iratxe Gaztelu-Urrutia, como responsables de los delitos de blanqueo y de cooperación en la asociación ilícita constituida por sus cónyuges, imponiendo a cada una de ellas penas que suman un año y medio de prisión, así como 180.000 euros de multa.
De Miguel, Tellería y Ochandiano recurrieron también a otras sociedades para sus actividades corruptas -Errexal y Ortzi Muga-, que constituyeron a nombre de Josu Azkarraga e Iñaki San Juan quienes, “desde la gestión societaria, ayudaron en la comisión de los delitos y en la recaudación de los ingresos”, por lo que han sido condenados a penas que superan los cuatro años de prisión como cooperadores de delitos de prevaricación, malversación de fondos públicos, falsedad en documento mercantil y asociación ilícita
La sentencia también condena a los tres exdirigentes del PNV por influir en que algunos de los contratos fueran directamente adjudicados a sus sociedades, incluso por trabajos que no se realizaron nunca.
Salpica al Gobierno vasco
Pero las actuaciones corruptas confirmadas por el alto tribunal no solo afectan al Parque Tecnológico de Álava, sino también al Departamento de Cultura del Gobierno vasco y a otras instituciones regidas por miembros del PNV como los ayuntamientos alaveses de Lapuebla de Labarca, Zigoitia y Zambrana, así como por las Cuadrillas del Territorio Histórico de Álava.
La sentencia deja claro que los condenados se sirvieron de su “influencia política” para amañar la adjudicación de los contratos, consiguiendo que sus contactos, además de incumplir el procedimiento de tramitación administrativa, propusieran por “amiguismo” la adjudicación de esos contratos.
Así actuaron diversos responsables de “posiciones estratégicas para la tramitación de los expedientes” que favorecieron a los acusados. Entre ellos Alfonso Carlos Arriola, en la fecha de los hechos gerente del Parque Tecnológico de Álava, condenado a cuatro años de inhabilitación como cooperador en la comisión de un delito de prevaricación; Francisco Javier Sánchez Robles, director de Juventud y Acción Comunitaria del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, condenado asimismo a más de siete años de prisión como cooperador de un delito continuado de prevaricación y como autor de un delito de integración activa en una asociación ilícita y de los delitos continuados de tráfico de influencias, malversación y falsedad documental.
Entre los condenados figura también la exalcaldesa de la localidad alavesa de Zambrana, María Justina Angulo, por un delito continuado de prevaricación por la que se le imponen nueve años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público. Al igual que varios empresarios “que impulsaron la actuación ilícita y que se favorecieron con ella”, condenados a penas menores: Sergio Fernández Oleaga, de Studio Técnico de Obras y Arquitectura (un año y medio de cárcel por falsedad documental y cohecho) y Jon Iñaki Echaburu, de Construcciones Loizate, a quien el Supremo ratifica la condena de cinco meses de prisión como inductor de un delito de tráfico de influencias. Ambos habían recurrido sus condenas, lo que no hicieron otros empresarios.
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