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La Junta Electoral Central da 10 días al Parlament para que tome una decisión sobre el escaño de Borrás

El órgano ha analizado los escritos de PP, Vox y Cs y recuerda que son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la Administración Pública

La Junta Electoral Central (JEC) ha dado un ultimátum al Parlament de Cataluña para que en 10 días comunique que decisión va a tomar sobre la retirada o no del escaño de la presidenta suspendida Laura Borrás tras haber sido condenada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a cuatro años y medio de cárcel por adjudicar contratos a dedo.

Según explica el citado organismo, PP, Vox y Ciudadanos presentaron escritos ante la Junta Electoral para que diera cumplimiento a la sentencia de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por la que se condenaba a la diputada Borrás a penas de inhabilitación especial para el ejercicio de empleos y cargos públicos. La Junta Electoral recuerda que el artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la administración pública o contra las instituciones del Estado.

Recuerda el apartado 4 de dicho artículo según el que las causas de inelegibilidad "lo son también de incompatibilidad" y recalca que el delito de prevaricación administrativa por el que ha sido condenada Borràs está incluido en el título IX del Código Penal dedicado a los delitos contra la Administración Pública.

La JEC pide a la vicepresidenta primera y presidenta en funciones del Parlament que, en el plazo de diez días hábiles, comunique a la Junta Electoral Central las decisiones, resoluciones o cualesquiera otras medidas que esa institución haya podido adoptar en relación con este asunto, así como las alegaciones que, en su caso, desee formular, en orden a poder adoptar alguna decisión sobre esta cuestión.