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A un paso del banquillo

Manos Limpias respalda en el Supremo la suspensión de funciones de García Ortiz

Apoya la petición de APIF de que se aparte del cargo cautelarmente al fiscal general del Estado cuando se abra juicio oral contra él

El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, el pasado viernes en el Tribunal Supremo Alberto R. RoldánPHOTOGRAPHERS

Manos Limpias, una de las acusaciones populares en la causa contra el fiscal general por revelación de secretos, respalda la petición de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) de que se suspenda cautelarmente en sus funciones a Álvaro García Ortiz una vez se abra juicio oral contra él por la supuesta filtración de datos reservados (un correo en el que el empresario admitía el fraude fiscal para llegar a un acuerdo con la Fiscalía) de Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso.

Así lo pone de manifiesto el letrado de la acusación, Víctor Soriano, en un escrito remitido a la Sección Cuarta de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el que traslada su intención de adherirse a la petición de APIF, que esgrime que debe aplicarse al máximo representante del Ministerio Público la disposición del Reglamento del Ministerio Fiscal que obliga al fiscal general a suspender cautelarmente en sus funciones a un fiscal cuando se abra juicio oral contra él por hechos cometidos en el ejercicio de sus funciones.

El letrado recuerda que Manos Limpias "ya ha venido manteniendo a lo largo del proceso tal pretensión" (ya solicitó la medida en octubre del pasado año), por lo que se limita a adherirse a la petición de la APIF.

La negativa del juez Hurtado

Hurtado rechazó el pasado febrero la suspensión cautelar de García Ortiz esgrimiendo que no le corresponde al juez instructor adoptar una medida de esta naturaleza, que la normativa deja en manos del fiscal general, por lo que -dado que como investigado este no puede acordar su propia suspensión y debería abstenerse- abogó por que se articulasen "los mecanismos para que se encargue de hacerlo quien le sustituya".

Hurtado admitió en esa ocasión que "la peculiaridad" de este caso es que "quien se encuentra encausado es el fiscal general", por lo que "no puede ser él la persona que resuelva sobre su propia suspensión cautelar". Pero en todo caso dejaba claro que este hecho no podía servir "para dar el salto de desviar la suspensión del trámite establecido" y "derivar" la competencia para decidir "al juez de instrucción".

En su escrito, APIF expone que obligado a abstenerse García Ortiz sobre su propia suspensión, la decisión debería recaer por ley en la teniente fiscal del Tribunal Supremo, que tampoco puede asumir ese rol porque "no es imparcial" pues es precisamente quien está interviniendo en el asunto como representante del Ministerio Público.

En su defecto, la ley señala a la fiscal jefa de la Inspección, María Antonia Sanz, que según APIF "tampoco es imparcial, dado que ha aportado documentos a la causa y está propuesta para declarar como testigo".

"Distorsión inaceptable"

En consecuencia, argumenta, "ante la inoperancia de los mecanismos previstos reglamentariamente corresponde al juez instructor adoptar medidas cautelares que resulten necesarias para preservar el buen desarrollo del proceso".

Y es que, pone de manifiesto, si García Ortiz continúa siendo fiscal general del Estado en el juicio (como pretende) "él sería el superior jerárquico del fiscal designado para intervenir y, en calidad de tal, podría impartirle órdenes".

Esto provocaría, alerta, "una distorsión inaceptable": que el fiscal designado, "en vez de promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad", como le obliga la ley, "actuaría al servicio del propio acusado".

"Para evitar esta insólita situación, que dinamitaría los principios constitucionales que rigen el funcionamiento del Ministerio Fiscal", argumentaba la acusación popular, resulta "necesario que se suspenda de forma provisional" en el cargo a García Ortiz.