El desafío independentista

Presos y huidos del «procés» podrán ir en las listas si hay nuevas elecciones

Aunque el Supremo confirme su procesamiento por rebelión no tendrán obstáculos para ser candidatos ya que su inhabilitación sólo afectaría al cargo de diputado

Concentración ante la cárcel de Neumünster, donde ya estuvo detenido Carles Puigdemont
Concentración ante la cárcel de Neumünster, donde ya estuvo detenido Carles Puigdemontlarazon

Aunque el Supremo confirme su procesamiento por rebelión no tendrán obstáculos para ser candidatos ya que su inhabilitación sólo afectaría al cargo de diputado.

22 de mayo. Ésa esa es la fecha tope para que el Parlament de Cataluña sea capaz de encontrar un candidato «limpio» para ocupar la presidencia de la Generalitat; un candidato que no esté entre quienes se encuentran en prisión provisional o están procesados por rebelión en la causa que se sigue en el Tribunal Supremo por todas «las acciones preparatorias» que culminaron en la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Si llega esa fecha y la Generalit sigue con un vacío de poder se disolverá el Parlament y se convocarán nuevas elecciones que se celebrarían a mediados de julio, previsiblemente el día 15.

En estos momentos, de los nueve dirigentes independentistas que se encuentran en encarcelados por orden del magistrado del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena, sólo la ex presidenta de la Cámara Carme Forcadell y el ex responsable de Interior Joaquim Forn renunciaron a sus actas de diputados y anunciaron su retirada de la vida política. En cambio, Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart, Josep Rull, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa mantienen sus actas, aunque ninguno ha podido ir a sesión alguna del Parlament, ni siquiera Jordi Sánchez cuando fue propuesto para presidente. Todos ellos han sido procesados por rebelión por el instructor del «procés» y han recibido personalmente de manos del magistrado el auto de procesamiento donde se detallan de forma pormenorizada los indicios existentes contra ellos. Esta decisión será recurrida por todos los procesados, por lo que finalmente será la Sala de Apelaciones –formada por los magistrados Miguel Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge Barreiro– la que tenga la última palabra sobre si se sientan en el banquillo de forma definitiva para responder por los hechos que se les imputan. Esta decisión no es previsible que se demore en demasía, más bien todo lo contrario, y, de hecho, lo normal es que se produzca antes de la fecha tope para que Cataluña tenga presidente o esté abocada a unos nuevos comicios autonómicos.

Esta decisión no sólo afectará a la situación personal de los procesados, sino que tendrá igualmente una repercusión de evidente calado político. En concreto, si la Sala de Apelaciones confirmara el procesamiento y continuaran en prisión –hasta ahora se han rechazado todas las peticiones de libertad– en ese mismo momento su condición de diputados autonómicos quedaría en suspenso provisionalmente. Se aplicaría en este supuesto lo dispuesto en el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: «Firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión».

Más dudas podría plantearse respecto a la situación de los cuatro huidos que han sido igualmente procesados por rebelión: Carles Puigdemont, Marta Rovira, Antoni Comín y Clara Ponsatí. En estos casos se está a la espera de que Alemania, Bélgica y Escocia decidan si ejecutan la euroorden dictada contra ellos por el magistrado Llarena. Al existir una orden de detención para su ingreso en prisión, les sería de aplicación lo mismo que a quienes se encuentran de forma efectiva en la cárcel. Por tanto, también quedaría en suspenso la condición de diputados que ostentan.

Sin embargo, el escenario de unas nuevas elecciones catalanas tampoco se puede descartar, ni mucho menos. En este caso, surge la pregunta de si quienes se encuentran en prisión o huidos podrían o no presentarse a esos nuevos comicios. En este sentido, todas las fuentes jurídicas consultadas por LA RAZÓN coinciden en que no tendrían ningún obstáculo legal para concurrir en ninguna candidura y ser elegidos nuevamente diputados; y a nadie escapa que esa presencia tendría un efecto movilizador en el electorado independentista. No se podría evitar, por tanto, que Puigdemont o Junqueras volviesen a encabezar una lista independentista, aunque, obviamente, la campaña electoral la tendrían que «desarrollar» desde Alemania o desde la cárcel de Estremera a través de los tuits a los que tienen derecho. En todo caso, de resultar elegidos diputados no disfrutarían mucho de esa situación, ya que de forma prácticamente simultánea se les volvería a aplicar de nuevo el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y quedarían nuevamente «suspendidos en sus funciones» todos aquellos que en ese momento se encontrasen en prisión o sobre los que pesase una orden de busca y captura y detención internacional. Se estaría, en esta situación, ante un escenario parecido al actual, ya que los independentistas volverían a presentar como candidato a presidir la Generalitat a quienes se encuentran inmersos en el «procés» y privados de libertad. La Ley Orgánica del Régimen Electoral (Loreg) tampoco tiene ninguna previsión respecto a prohibir a quienes se encuentren en prisión poder concurrir a unos comicios. Sólo especifica que no pueden concurrir quienes hayan sido condenados en sentencia firme «durante el tiempo que dure la condena» o, aunque la sentencia no sea firme, en los supuestos de delitos de terrorismo, rebelión, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado «cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal». Por tanto, no hay ningún obstáculo desde el punto de vista legal para que los encarcelados y fugados del «procés» pudiesen presentarse a unas nuevas elecciones catalanas. Otra cosa es que se quiera «abrir el melón» de reformar la Loreg para contemplar ese supuesto. En cualquier caso, lo que sí parece claro es que, con nuevos comicios o no, Junqueras y el resto de diputados en prisión no van a poder ejercer como diputados durante un tiempo.