
Polémica sentencia
El Supremo traslada a la Fiscalía la querella por prevaricación judicial contra los seis jueces del TC que avalaron la amnistía
El Ministerio Público debe ahora pronunciarse sobre la competencia del alto tribunal y sobre la existencia o no de indicios de delito tras la denuncia de Manos Limpias

La querella de Manos Limpias por prevaricación judicial contra el presidente del Tribunal Constitucional (TC), Cándido Conde-Pumpido, y los otros cinco magistrados de la corte de garantías -la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, María Luisa Balaguer, Ramón Sáez, María Luisa Segoviano y Laura Díez- que avalaron la Ley de Amnistía ya está en manos de la Fiscalía.
La Sala de lo Penal ha remitido la denuncia al Ministerio Público, en una providencia a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, para que informe al tribunal "sobre competencia y contenido de la querella".
Este paso preceptivo antes de decidir si se abren diligencias o, por el contrario, se inadmite la denuncia sin siquiera practicar pesquisa alguna de averiguación, se ha dado una vez "subsanado el defecto formal que contenía el anterior escrito de denuncia" planteado por el colectivo de funcionarios, al que el Tribunal Supremo instó el pasado día 8 a transformar en querella su denuncia inicial contra los seis magistrados, como así hizo Manos Limpias una semana después a través del letrado Antonio García-Berbel.
En esa querella, el colectivo que preside Miguel Bernad incorporó no solo la sentencia del Tribunal Constitucional que concluyó que la Ley de Amnistía tiene encaje en la Carta Magna, sino también uno de los cuatro votos particulares en contra de esa decisión, el que firma la magistrada Concepción Espejel (sus compañeros Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y César Tolosa también plasmaron su disconformidad con el fallo en otros tantos votos discrepantes).
"Motivaciones político-partidistas"
Además de la admisión a trámite de la querella -contra Conde-Pumpido se han presentado ya más de media docena y ninguna de ellas ha sido admitida a trámite hasta ahora, como el propio presidente del TC se encargó de recordar a sus compañeros en el Pleno de la amnistía-, Manos Limpias pide al Supremo que cite a declarar en calidad de investigados a los seis jueces del Constitucional.
El letrado de la asociación querellante sostiene en ese escrito -sobre el que ahora deberá pronunciarse la Fiscalía del Supremo- que la controvertida sentencia "no responde a un análisis técnico-jurídico, sino a motivaciones político-partidistas". Algo que, pone de relieve, acredita el voto particular de Espejel, "quien manifiesta que la decisión fue adoptada con antelación al debate interno"".
Un comportamiento que entiende que constituye un delito de prevaricación judicial por el hecho de dictar "resoluciones injustas a sabiendas", castigado con penas de inhabilitación en el artículo 446 del Código Penal. Y recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo "exige que la resolución sea objetivamente insostenible y alejada de la legalidad, como ocurre en el presente caso".
Los magistrados del Tribunal Constitucional que avalaron la sentencia -mantiene Manos Limpias- "adoptaron una visión reductiva del Estado de Derecho, subordinando el orden constitucional a la voluntad del legislador ordinario, lo cual es incompatible con la jerarquía normativa establecida en la Constitución Española".
"Interpretación oportunista"
Una interpretación -que defiende que todo lo que no prohíbe expresamente la Constitución está permitido- que califica de "oportunista y partidista" y que, según pone de manifiesto, "vulnera no sólo el sistema interno, sino que compromete las obligaciones de España en virtud del artículo 19 del Tratado de la Unión Europea, que exige el respeto al Estado de Derecho por todos los estados miembros".
Esa sentencia, denuncia, vulnera "principios constitucionales esenciales" como el principio de igualdad, "al amnistiar selectivamente a un grupo político concreto"; de seguridad jurídica, "al otorgar efectos retroactivos a una ley en beneficio de sus promotores"; de separación de poderes, "al sustituir la función jurisdiccional por una decisión legislativa autoexculpatoria"; y la legalidad penal, "al dejar sin efecto sentencias firmes mediante ley posterior".
En la medida en que la sentencia del TC supone una "abierta contradicción con la jurisprudencia del Tribunal Supremo que condenó a los principales responsables del procés", argumenta, el fallo supone "una invasión de funciones del Poder Judicial, al invalidar resoluciones firmes y al ignorar una cuestión de inconstitucionalidad promovida por el Tribunal Supremo, en una ruptura doctrinal sin razonamiento jurídico sólido".
La opinión de la Comisión Europea
Al mismo tiempo, recuerda que, en sus alegaciones ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) -al que el TC se negó a acudir para trasladar posibles dudas sobre el encaje de la ley en el derecho comunitario-, la Comisión Europea ha calificado la medida de gracia de "autoamnistía contraria a los valores fundamentales del Estado de Derecho, coincidiendo con las observaciones de esta parte y de la doctrina científica jurídica más autorizada".
Manos Limpias señala que la ley "fue fruto de una negociación en el extranjero, en Ginebra, entre representantes del Gobierno español (Santos Cerdán y Félix Bolaños) y el prófugo de la justicia Carles Puigdemont". Y recuerda que la norma fue aprobada con los votos de los diputados de Junts y ERC, "formaciones cuyos líderes resultan directamente beneficiados por dicha ley", quienes "a pesar de su evidente interés personal, no se abstuvieron en la votación" -el colectivo querellante instó en su momento a la presidenta de la Cámara Baja, Francina Armengol, a recordar a estos diputados su "obligación de abstención"-, "contraviniendo la normativa parlamentaria y los principios generales del Derecho".
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