Tribunales
Cinco años de prisión por agresión sexual a un menor para un exmiembro de una asociación relacionada con el Opus Dei
El acusado, que reconoció los hechos ante la Audiencia de Vigo, indemnizó previamente a la víctima con 40.000 euros
Un exmiembro de una asociación juvenil relacionada con el Opus Dei ha sido condenado a cinco años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a un menor de 16 años. La condena fue acordada este martes en una vista de conformidad celebrada en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, donde el procesado reconoció la autoría de los hechos y aceptó la pena propuesta por el Ministerio Fiscal y las acusaciones.
Según el escrito del Fiscal, las agresiones tuvieron lugar entre finales de 2022 y enero de 2023. La relación entre ambos se enmarcaba en el contexto de actividades vinculadas a la asociación juvenil a la que el hombre pertenecía. El acusado aprovechó esa posición para cometer los abusos, en un contexto que la Fiscalía califica de "abuso de superioridad".
El procesado, que ya había consignado 40.000 euros en concepto de indemnización para reparar el daño causado al menor, ha sido condenado también a una pena de cinco años de libertad vigilada tras su salida de prisión. Durante ese tiempo no podrá participar en actividades ni ejercer profesiones que impliquen contacto con menores, y tendrá prohibido acercarse a menos de 500 metros de la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio.
Además, la sentencia incluye la inhabilitación para ejercer la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante cinco años, en línea con las medidas de alejamiento dictadas por el tribunal.
Durante la vista, el acusado reconoció los hechos que se le imputaban, lo que ha sido tenido en cuenta como una circunstancia atenuante por confesión. El representante del Ministerio Público destacó también que el hombre "acudió voluntariamente a las autoridades para reconocer, aunque fuera parcialmente, los hechos", lo que se consideró un gesto de colaboración con la Justicia.
Junto a la atenuante por confesión, se ha aplicado la de reparación del daño, al haber abonado la indemnización de forma anticipada. Sin embargo, el condenado no cumple los requisitos legales para optar a una suspensión de la pena, por lo que será requerido próximamente para ingresar en un centro penitenciario.