
Tribunales
Confirmada la condena a un ex Grapo por disparar a un joven en Vigo tras una disputa por perros
Después de amenazar a la víctima con frases como "vas a morir" y "llevaba tiempo esperándote", sacó una pistola, apuntó y disparó

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena a 11 años de prisión para un ex miembro de los Grapo que, armado con una pistola, disparó contra un joven con el que mantenía un conflicto previo. El fallo, que ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, considera probado que el acusado actuó con la clara intención de matar.
El 14 de septiembre de 2023, sobre las 18.30 horas, el ex integrante del grupo terrorista Grapo se encontraba paseando con sus dos perros en el parque de Castrelos, en Vigo. Fue entonces cuando vio llegar al joven acompañado de su pareja y grabando imágenes de sus propios canes. Según los hechos probados en la sentencia, el condenado, tras proferir amenazas como "vas a morir" y "ya te llevaba tiempo esperando", sacó de repente una pistola, la montó y apuntó directamente a la víctima.
El joven, sorprendido, logró refugiarse tras un árbol mientras el disparo rozaba la corteza a la altura de su cabeza. El tribunal consideró que el acusado buscó asegurarse de que la víctima no tuviera oportunidad de defenderse, lo que refuerza la calificación del delito como tentativa de asesinato con alevosía.
El ataque no terminó con el disparo fallido. El hombre, según la sentencia, continuó acechando a su objetivo mientras este pedía ayuda a gritos. Únicamente cuando una testigo le dijo que había llamado a la Policía, el agresor decidió huir del lugar por la senda del Lagares. En su intento de escapar, se deshizo del arma entre la maleza, pero fue localizado por las autoridades poco después en una calle cercana.
Durante su traslado a la comisaría, el acusado siguió lanzando amenazas contra la víctima, afirmando: "Lo voy a matar, si no lo hago yo, mando a alguien". Más tarde, llevó voluntariamente a los agentes hasta el lugar donde había escondido el arma, una pistola semiautomática FEG calibre 9mm Makarov, en perfecto estado de funcionamiento y lista para disparar.
En el registro posterior de su domicilio, se hallaron más municiones y un cargador adicional compatible con el arma utilizada en el ataque.
El TSXG descarta la defensa
El acusado alegó en su defensa que actuó por miedo insuperable debido a un conflicto anterior con la víctima, pero el tribunal rechazó este argumento. Los magistrados señalan que, lejos de actuar por temor, el ex terrorista había tratado previamente de intimidar a la víctima, diciéndole que era un terrorista, que tenía una pistola y que había estado en prisión.
Asimismo, el TSXG subraya que no existe ninguna prueba que indique que el condenado se sintiera amenazado. Al contrario, el tribunal concluye que "trató de asegurar el resultado excluyendo toda defensa y consiguiente riesgo para su persona".
El TSXG confirma así la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra, que lo consideró culpable de un delito de asesinato en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas. La sentencia le impone diez años de prisión por la tentativa de asesinato, un año de prisión por la tenencia ilícita de armas, la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 200 metros durante 10 años tras el cumplimiento de la pena, la libertad vigilada por 10 años tras su salida de prisión y una indemnización de 3.804 euros a la víctima por los días de baja y el daño moral sufrido.
La sentencia es firme, aunque la defensa aún puede recurrir al Tribunal Supremo.
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