Tribunales
Se salta una orden de alejamiento y agrede sexualmente a su expareja en Vigo
Accedió, con sus propias llaves o timbrando a la puerta, a su domicilio y, una vez en el interior, le realizó tocamientos por encima de la ropa
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un año y cuatro meses de cárcel a un hombre como autor de un delito de agresión sexual y de quebrantamiento de medida cautelar, concurriendo, en ambos casos, la eximente incompleta de embriaguez.
Además, el tribunal le ha impuesto la prohibición de aproximarse a la víctima, así como de comunicarse con ella, durante dos años.
El tribunal relata en la sentencia que el Juzgado de Instrucción número 7 de Vigo emitió un auto el día 25 de diciembre de 2022 en el que le impuso al acusado la prohibición de acercarse a menos de 200 metros del domicilio de la víctima, así como de su lugar de trabajo o de cualquier otro en el que se encontrase, y de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante la tramitación de la causa.
Sin embargo, a pesar de que era conocedor de la existencia y vigencia de la orden de alejamiento de su excompañera sentimental, el 26 de diciembre de 2022 accedió, con sus propias llaves o timbrando a la puerta, a su domicilio y, una vez en el interior, le realizó tocamientos a la víctima por encima de la ropa, en distintas partes del cuerpo, pese a la falta de consentimiento de la mujer.
Los magistrados consideran probado que cuando cometió los hechos el acusado se encontraba bajo los efectos de bebidas alcohólicas, por lo que afirman que tenía gravemente afectadas sus capacidades intelectivas y volitivas, si bien no anuladas. La Sala estima suficiente el testimonio de la víctima, “al reunir los presupuestos de ausencia de incredibilidad subjetiva, corroboración periférica y persistencia en la incriminación”.
En la sentencia indica que el relato de la denunciante está corroborado por elementos periféricos objetivos y que pudieron apreciar su “espontaneidad, estructuración y desarrollo natural”.
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