Convenios colectivos

Una reforma laboral al dictado de los sindicatos

«Decepcionante» y «bastante desequilibrado» a favor de los sindicatos. Así calificó ayer el presidente de la CEOE, Juan Rosell, el borrador del anteproyecto de ley de reforma de negociación colectiva que les entregó el Gobierno y que tiene previsto aprobar mañana viernes en Consejo de Ministros.

El presidente de la CEOE junto al vicepresidente, Jesús Terciado y el secretario general, José María Lacasa
El presidente de la CEOE junto al vicepresidente, Jesús Terciado y el secretario general, José María Lacasalarazon

Rosell explicó que la Junta Directiva analizó ayer el borrador y concluyó que, tras cuatro meses de negociación, el Ministerio de Trabajo no ha recogido los «principios de acuerdo» que la CEOE logró con CC OO y UGT antes de que las dos partes dieran por rotas las negociaciones el pasado 2 de junio. Al respecto, Rosell descartó que el Gobierno no los haya incorporado por «mala fe». Al presidente de la patronal, que tras la ruptura de la negociación con los sindicatos le gustaba «la música pero no la letra», ahora no le gusta «ni la música ni la letra» de lo propuesto por el Gobierno porque ni resuelve problemas ni va en la dirección de arreglar los problemas que «día a día» tienen los empresarios. Por ello confió en que el Gobierno pueda modificar « de aquí al viernes» su propuesta.

«Seguimos alejando las leyes de la realidad», dijo el presidente de la patronal antes de insinuar que el Ejecutivo ha legislado por salir al paso ante las presiones de la Unión Europea. Por ello, aunque «respetará» el proyecto que salga del Consejo de Ministros, la patronal insistirá a los grupos parlamentarios para que incluyan sus recomendaciones mediante enmiendas. Según sus cálculos, la ley definitiva será aprobada en septiembre, aunque «me temo que no habrá diferencias» en el anteproyecto de ley. El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha hecho llegar a los grupos políticos y a los agentes sociales una propuesta de reforma con la que pretendía no disgustar en exceso, a la patronal y sobre todo a los sindicatos. Sin embargo, ha disgustado y mucho a los empresarios.

Según recoge el borrador al que ha tenido acceso LA RAZÓN, el Gobierno no eliminará la llamada ultraactividad de los convenios –una de las principales reinvindicaciones de la CEOE– pues se establece un plazo máximo de 20 meses para su negociación y arbitraje. Por contra, los empresarios querían que si la negociación no culminaba se suspendiera el deber de negociar pasado un tiempo, que, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo, significaría la supresión de convenios en desuso y la «limpieza» de más de un 70% de los registrados en el Ministerio de Trabajo.

Según el borrador del Gobierno, durante el periodo de negociación del convenio, las partes podrán adoptar acuerdos parciales para la modificación de contenidos prorrogados, con la vigencia que se determine, para facilitar la adaptación de las empresas a las circunstancias. Además, el texto establece que se fijarán mediante acuerdos en el ámbito estatal y autonómico los procedimientos para solventar las discrepancias que existieran después de haber consumido los plazos máximos de negociación. En este punto concreta que el laudo arbitral tendrá la misma eficacia jurídica que los propios convenios. Consumidos todos estos plazos sin que las partes hubieran solucionado sus discrepancias, se mantendrá la vigencia del convenio colectivo y no decaerá.

El borrador también recoge que el empresario podrá disponer con carácter general del 5% de la jornada de trabajo anual para distribuirla de forma irregular, salvo pacto en contra con los representantes de los trabajadores. Esta propuesta está muy inclinada hacia el lado sindical, puesto que la CEOE había establecido un porcentaje mínimo del 15%. Otro aspecto importante es la prioridad que otorga el anteproyecto al convenio de empresa frente al sectorial en las siguientes materias: La definición del salario base y de los complementos salariales, el abono o compensación de las horas extraordinarias, el horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones.