Desempleo juvenil
Impulso a la contratación de menores de 30 años
Uno de los aspectos que más cuida la reforma laboral del Gobierno es el de la formación, una de las asignaturas siempre pendientes de nuestro mercado de trabajo.
- Derecho a la formación. Con el fin de mejorar las posibilidades de empleo de los trabajadores, se introduce el derecho a la formación. El objetivo que persigue es tratar de evitar que un cambio tecnológico o de otra índole suponga el despido del trabajador, al mismo tiempo que se favorece su preparación.
- Veinte horas anuales. Los trabajadores con más de un año de antigüedad tendrán derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo.
- Cuenta de formación. Una cuenta de formación recogerá, a modo de historial, la formación recibida por el trabajador durante su carrera laboral. En el futuro se instaurará un cheque-formación.
- Quién imparte los planes. Los centros y entidades acreditadas podrán también ejecutar directamente los planes a nivel estatal y autonómico.
- Contrato. Se mantiene la edad máxima para acceder a este tipo de contrato por la elevada tasa de paro entre los jóvenes de menos de 30 años. Cuando baje al15% la tasa de paro de los jóvenes, la edad máxima para contratar por formación se reducirá a 25 años.
- Otros sectores. Esta modalidad se podrá utilizar por el trabajador en otros sectores para mejorar su empleabilidad al permitir una segunda oportunidad.
DÓNDE formarse
Aquellas empresas que dispongan de instalaciones adecuadas y, por supuesto, de personal cualificado podrán llevar a cabo la formación en su propia sede.
LA PREGUNTA
¿La cuenta de formación es sólo para jóvenes o para todos los empleados?
La cuenta de formación es una de las principales novedades que recoge la reforma. Como dice el texto difundido ayer por el Consejo de Ministros, se trata de un apartado que figurará siempre vinculado a la persona, sea cual sea su edad. Es, en definitiva, un historial que recoge cuál ha sido la formación recibida por el trabajador a lo largo de toda su carrera profesional. No es, por tanto, una prerrogativa de los trabajadores más jóvenes. Cualquier persona podrá ir acumulando los datos de los cursos que ha recibido, toda vez que la formación se convierte en un derecho de los empleados y en una obligación de los empleadores.