Almería

La Fiscalía no ve delito en la acción de la Junta andaluza para permitir el hotel de El Algarrobico

El juez que paralizó las obras calificó el cambio de los planos de las zonas edificables de "burda maniobra"

Vista general del hotel El Algarrobico, sito en Carboneras, en el cabo de Gata, tomada el pasado día 5 de abril de 2008
Vista general del hotel El Algarrobico, sito en Carboneras, en el cabo de Gata, tomada el pasado día 5 de abril de 2008larazon

La Junta de Andalucía cambió los planos para declarar urbanizable la zona en la que se construiría el hotel de Azata del Sol, en el paraje almeriense de El Algarrobico, y permitir así su edificación. Ahora la Fiscalía ha asegurado que se trata de un "error"del que no puede "extraerse mala fe o intencionalidad", por lo que el Ministerio Público ha acordado archivar las diligencias de investigación. El juez Jesús Rivera, que ordenó hace más de tres años la paralización de la construcción del edificio, calificó esta acción de "burda maniobra"realizada con el objetivo de "permitir de esta guisa"la obra en terrenos de especial protección. La Fiscalía Provincial de Almería ha acordado el archivo de las diligencias de investigación incoadas para dirimir si existió infracción penal en la actuación de la Junta de Andalucía, al considerar que "no puede extraerse mala fe, intencionalidad o falsedad". El fiscal López Cervilla ha admitido que la autorización de la edificación fue contra derecho, y que podría infringir la Ley de Costas. Pero añade que la zona "no era merecedora de especial protección ambiental sino que era compatible con el uso urbanístico", además de que resulta "de difícil interpretación"apreciar si se vulneró la ley de protección costera "ya que la parcela estaba bajo un plan parcial aprobado en el período transitorio de aplicación de la normativa". La Ley de Costas obliga a respetar la zona de servidumbre en 100 metros. "No se puede hacer ningún reproche penal", asegura la Fiscalía, en la línea del escrito con que el Ministerio Público acordó el archivo de las diligencias de investigación en junio de 2007, y del que recoge numerosos extractos para argumentar la decisión. Además, "no se deduce ningún elemento nuevo"de la sentencia contencioso-administrativa dictada por el juez Jesús Rivera. Tampoco existe reproche a la actuación del Ayuntamiento de Carboneras, que autorizó la edificación. El hotel de Azata del Sol iba a contar con 22 plantas y 411 habitaciones. Según defiende, "se cumple con creces"el plazo de prescripción previsto en el artículo 131 del Código Penal al haber transcurrido más de diez años desde la modificación de los planos por parte de la Junta de Andalucía. El fiscal López Cervilla cuestiona que la Consejería de Medioambiente actuase con "abulia y desidia", tal como sostenía el auto del juez Rivera. El magistrado había acusado a la Consejería de sustituir la planimetría del parque natural Cabo de Gata-Níjar oficialmente publicada en BOJA en 1994 por otra "para permitir la construcción del hotel en suelo de especial protección". Estos hechos podrían haber sido calificados de prevaricación e ir contra la ordenación del territorio. Según ha defendido el fiscal, la modificación de tres mapas realizada en 1997 sobre los difundidos un año antes obedece a la "corrección de errores detectados en la confección inicial". En su opinión, se empleó la vía de hecho, que "no es el medio más idóneo para salvar anomalías", pero tampoco es ilícito, ya que El Algarrobico era espacio "urbano conforme a las Normas Subsidiarias (NNSS) de Carboneras". Tras la citada modificación, los terrenos sobre los que se asienta el hotel de Azata del Sol pasaron a estar bajo la calificación de zona D2, compatible con el uso urbanístico. El Ministerio Público califica este hecho de "error"e irregularidad administrativa, pero no de infracción penal. "DIFICIL INTERPRETACION DE LA NORMA" El Ayuntamiento de Carboneras, gobernado por el PSOE, inició en 2003 los trámites para la concesión de la licencia municipal. El fiscal defiende que no existía en ese momento "jurisprudencia"sobre una posible infracción a la Ley de Cosas en la que, según afirma, la corporación local carbonera hubiese incurrido por la "difícil interpretación de la normativa en su período transitorio de aprobación". El fallo del magistrado Jesús Rivera, que ordenó hace más de tres años la paralización cautelar de la actividad constructiva en el hotel, estima "incontestable"que el inmueble se ubica de "forma clamorosa"en "espacio protegido y no urbanizable", pese a que la Consejería de Medio Ambiente localizaba el suelo en zona D2, "no incompatible con el uso urbanístico". Atribuye, asimismo, a la Administración Autonómica la ejecución de una "burda maniobra"para sustituir la planimetría del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural Cabo de Gata-Níjar por otra para "orillar la limitación que imponía"y "permitir"la obra. El escrito del juez, remitido el 17 de febrero por la fiscal jefe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General de Estado recogía que la Fiscalía Provincial de Almería acordase la reapertura de las diligencias de investigación sobre las que el mismo órgano judicial decretó el archivo en junio de 2007 al no hallar indicios de prevaricación y delito contra la ordenación del territorio en la gestión de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento. Las actuaciones ahora archivadas tenían el objetivo de analizar si del procedimiento contencioso-administrativo seguido a instancia del juez Rivera se "deducían hechos nuevos o elementos probatorios de relevancia jurídico-penal"con respecto a los "no contemplados"en el anterior decreto del Ministerio Público.