Unión Europea

Hungría determina impugnar el Derecho comunitario y desobedecer las sentencias de la UE como hizo Polonia

La sentencia establece que la ley húngara puede ir por encima de los dictámenes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El presidente de Hungría Viktor Orban
El presidente de Hungría Viktor Orbanlarazon

El Tribunal Constitucional de Hungría hizo ayer público un ambiguo veredicto en el que, si bien no cuestiona la primacía del derecho comunitario sobre el nacional, sí deja abierta la puerta a que Hungría puede desobedecer las sentencias que emanan de la justicia europea.

Este dictamen es la respuesta a los intentos del gobierno nacionalista de Viktor Orban de no cumplir el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obliga al país a enmendar su política respecto a la acogida de refugiados. Los portavoces comunitarios se limitaron ayer a señalar la primacía del Derecho comunitario sobre el nacional y esperar a la interpretación que hacen las autoridades del país de esta sentencia.

Si Budapest decide comenzar a desobedecer los fallo del Tribunal de Justicia de la UE seguiría la estela de Polonia, cuyo Tribunal Constitucional ha puesto en duda la preminencia del derecho comunitario sobre el nacional, uno de los principios vertebradores del club comunitario. La deriva autoritario de los dos países preocupa desde años en las instituciones comunitarias que han abierto a los dos países innumerables procedimientos de infracción.

Pero los castigos podrían llegar a una nueva fase si la Comisión Europea decide activar el nuevo procedimiento que vincula los fondos europeos al cumplimiento al Estado de Derecho. Bruselas ha decidido esperar hasta que la legalidad de este nuevo mecanismo esté clara y, por eso, no dará este paso hasta que se produzca el fallo del Tribunal de Justicia de la UE a principios de 2022.

Este pasado 2 de diciembre, el abogado general del Tribunal, cuyo veredicto no es vinculante pero suele anticipar el fallo en un 80% de los casos, avaló la legalidad de esta nueva herramienta. En sus conclusiones, el abogado general señala que este mecanismo no resulta incompatible con otros instrumentos sancionadores ya existentes, como el artículo 7 (ya activado en el caso de Polonia y Hungría), pero cuya puesta en marcha se encuentra en punto muerto, debido a  que se necesita la unanimidad de las capitales europeas para su aplicación.

El español Manuel Campos Sánchez- Bordon desmonta los argumentos de estos dos países al asegurar que este nuevo instrumento " no pretende proteger el Estado de derecho mediante un mecanismo sancionador similar al del artículo 7 TUE, sino que establece un instrumento de condicionalidad financiera para preservar este valor de la Unión” y puntualiza que  “el respeto de los principios del Estado de derecho puede revestir una importancia fundamental para el buen funcionamiento de las finanzas públicas y para la correcta ejecución del presupuesto de la Unión”. Además, el abogado general defiende la seguridad jurídica de este nuevo mecanismo al señalar que su aplicación requiere “un vínculo suficientemente directo entre la vulneración del Estado de derecho y la ejecución presupuestaria, de modo que no es aplicable a todas las vulneraciones del Estado de derecho, sino a las que tengan una conexión directa con la gestión del presupuesto de la Unión”.