Sevilla

El Gobierno dio ayudas laborales sin concurso público

El informe avala las tesis de algunos imputados, aunque mantiene otros interrogantes

La jueza María Núñez, en los juzgados de Sevilla
La jueza María Núñez, en los juzgados de Sevillalarazon

El informe avala las tesis de algunos imputados, aunque mantiene otros interrogantes

Una de las líneas de defensa de algunos de los investigados en los ERE consiste en negar la existencia del caso como tal, ya que consideran que la Junta de Andalucía actuó en la concesión de ayudas sociolaborales de la misma manera que lo hacía el Gobierno central, al amparo de la Orden de 5 de abril de 1995, que regula a las ayudas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a trabajadores afectados por procesos de reconversión y/o reestructuración de empresas. Por ese motivo, no existió ilegalidad alguna o, en todo caso, la irregularidad también alcanzaría al Ministerio de Empleo.

La jueza de Instrucción 6 de Sevilla, María Núñez, requirió al Ministerio de Empleo y Seguridad Social información sobre este asunto y que indicara a su juzgado en cuáles de las ayudas extraordinarias para prejubilaciones «se realizó concurso público». El informe ya está en su poder. En el mismo, al que ha tenido acceso este periódico, el director general de Empleo, Javier Thibault Aranda, informa de que no se realizó ningún concurso público para las ayudas extraordinarias para prejubilaciones concedidas desde el año 2001 hasta 2011 porque se otorgaron en régimen de «concesión directa». El escrito esgrime que la concesión de ayudas extraordinarias entre 2001 y 2011 se realizó en los supuestos y condiciones que se establecen en la Orden Ministerial de 5 de abril de 1995, cuyo artículo tercero «establecía que las ayudas podían ser solicitadas conjuntamente por la empresa y los representantes de los trabajadores, o directamente por éstos últimos, acompañando una memoria explicativa en la que constasen los motivos por los que se solicitaba, la cobertura solicitada y el coste económico individualizado».

Y abunda que «a la vista de los motivos alegados y de la documentación acreditativa aportada, la Dirección General de Trabajo resolvía directamente sobre la concesión de ayudas, condicionada a la disponibilidad presupuestaria».

El sistema no es muy diferente, apunta el escrito, al que se sigue hoy día tras la aprobación del Real Decreto 908/2013, de 22 de noviembre, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas.

El director general de Empleo aporta también un listado de 220 ayudas concedidas entre 2001 y 2011 en el que detalla las empresas que recibieron las subvenciones, la aseguradora, el tomador de la póliza, el organismo que efectúa el ingreso y el importe en euros de cada una de las ayudas, que oscilan entre 13.760,49 euros y 22,2 millones y que suman unos 300 millones en total.

El abogado Carlos Leal, investigado en la causa, lleva años manteniendo que sí existían normas jurídicas que avalaban la concesión de estas ayudas «sin concurrencia ni publicidad» lo que, a su juicio, eliminaría el delito de «prevaricación».

El informe entregado a la jueza no se pronuncia sobre otros aspectos como el uso de las transferencias de financiación para el pago de estas ayuda sociolaborales o los desfases presupuestarios, cuestiones que también se han desarrollado en el proceso de instrucción.