Política

Caso ERE

La Junta de Andalucía da por hecho que ayudas de los ERE se dieron al margen de la legalidad

Pide al Consejo Consultivo que revise fondos otorgados a una empresa de Huelva al entender que se concedieron «prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido» y aquél dictamina a favor de anularlos

El juicio de la pieza política del “caso ERE” continúa en la fase pericial (Foto: Efe)
El juicio de la pieza política del “caso ERE” continúa en la fase pericial (Foto: Efe)larazon

Pide al Consejo Consultivo que revise fondos otorgados a una empresa de Huelva al entender que se concedieron «prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido» y aquél dictamina a favor de anularlos

Hay rastros que ni el mejor mago de variedades haría desaparecer. El Consejo Consultivo autonómico ha revisado uno de ellos: el dejado por préstamos y ayudas que sumaron 1.240.061,16 euros. Se los concedió el Gobierno regional entre 2008 y 2010 a N. P. M. R., S A y se materializaron a través de convenios de colaboración suscritos entre la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta y la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA). De la documentación que consta en la «macrocausa» de los ERE presuntamente fraudulentos se puede deducir que esas iniciales corresponden a la empresa de Huelva Nature Pack Minas de Río Tinto S A dedicada a transformar plásticos en elementos como embalajes para alimentos. Ya existía un dictamen del Consejo hilvanado a esos incentivos públicos en el que se explicaba en primer lugar que los fondos se otorgaron gracias a los mencionados acuerdos bilaterales en algunos casos y en otros «mediante Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social» y de que se asignaron en teoría «a favor de los trabajadores de la empresa», si bien le constaba que «el dinero se ingresó» en una cuenta bancaria de la que era titular la mercantil. Luego, la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio ha elevado una nueva consulta al Consultivo después de que éste acordara «la devolución» del expediente anterior por «caducidad» y de que se incoara otro el 1 de diciembre de 2017. Es la propia Junta la que pide la revisión de oficio de las ayudas sociolaborales, investigadas también en el ámbito de la «macrocausa» de los ERE, por haberse atribuido «la subvención prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido –art. 62.1 de la Ley 30/1992–».

«Efectivamente, son múltiples las irregularidades procedimentales que se advierten en las ayudas conferidas a la mercantil –se asevera en el dictamen del Consultivo fechado el pasado septiembre y consultado por LA RAZÓN–. Por ejemplo, se verifica que sólo una de las ayudas concedidas a la empresa N. P. M. R., S A fue solicitada por la beneficiaria». Se trata en concreto de la adjudicada por una Resolución de 22 de marzo de 2010 que fue demandada «el 15 de marzo de ese mismo año», aunque «carece de sello de registro de entrada oficial alguno» y por ende «de validez», a la luz de la información que maneja el Consultivo. Y hay más. De todos los fondos con los que se agració a esa entidad sólo la ayuda vinculada a una «Resolución de 6 de agostos de 2009» cuenta con «memoria justificativa» de su «finalidad pública e interés social y económico», sin que «por otro lado, de su contenido se pueda justificar dicha finalidad», se avisa. En relación a lo último, el Consejo recuerda que la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública, la aplicable por la fecha del acuerdo a repasar, «somete el otorgamiento de cualquier ayuda» a «los principios de publicidad, libre concurrencia y objetividad» y se deben aprobar sus «bases reguladoras» y publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). La citada norma y un Decreto permitían, no obstante, otorgar, sin promover la concurrencia, una subvención excepcional, pero en esta ocasión no existían razones extraordinarias para ello, según el ente consultivo. Éste insiste en que, «aunque en el propósito del órgano concedente hubiera estado» el proporcionar a la sociedad onubense una de esas ayudas encuadrables normativamente entre las que se distribuyen «por razones de finalidad pública o interés social o económico», resulta «evidente» que «no se justifican las circunstancias de excepcionalidad». Tampoco «consta el más mínimo atisbo de publicidad», ni «requisitos y condiciones impuestas a la entidad beneficiaria», ni «resolución motivada propiamente dicha», ni se puede comprobar «la forma de justificación del cumplimiento de la finalidad para que se concede la subvención». «Es más –se engarza–, no se puede considerar acreditado cuando el órgano concedente utiliza reiteradamente dicho mecanismo en determinados ejercicios presupuestarios para el mismo objeto o finalidad a múltiples beneficiarios». En ese contexto, rescata el Consejo de la memoria otro dato: la ayuda era «a priori» para el pago de salarios, por lo que «es claro», mantiene, que «debería estar supeditada a un plan de viabilidad propiamente dicho» que tendría que haber valorado la Administración, lo que no se hizo por «la documentación incorporada». Además, pese a que se suponía que estaba dirigida a los empleados, en el expediente «no se establece requisito alguno» que éstos debieran reunir para resultar agraciados ni «se especifica cuenta corriente individual de cada uno», lo que sería «imprescindible» al ser subvenciones «individuales». En definitiva, para el órgano consultivo «es evidente la omisión de trámites esenciales del procedimiento, pues no hubo solicitud oficial por parte de la empresa, no existe publicidad, no consta memoria justificativa o si la hay no figuran bases reguladoras, ni requisitos, condiciones concretas y determinadas impuestas a la beneficiaria y no existió fiscalización previa». Por ese pesado conjunto, dictamina a favor de anular «los convenios y resoluciones» que posibilitaron el rosario de ayudas públicas.

La ignorancia de Griñán sobre los ERE, cuestión de tamaño de «cabeza»

El perito propuesto por la defensa de José Antonio Griñán, Juan Zornoza, afirmó ayer en el juicio de la pieza política del «caso ERE» que pretender que el ex presidente de la Junta conociera todas las características de un programa como el de los ERE es «imposible». «Tendría que tener una cabeza que no cabe en esta Sala», resumió.