Valencia

El CJC advirtió de la complejidad de ganar el recurso de la financiación

Avala su presentación por existir argumentos contra la Ley de Presupuestos, pero recuerda que el Tribunal Constitucional ya dictaminó que «la cifra de la financiación no es ilimitada»

El presidente de la Generalitat, Ximo Puig, junto a la consellera Bravo ante el Tribunal Superior de Justicia
El presidente de la Generalitat, Ximo Puig, junto a la consellera Bravo ante el Tribunal Superior de Justicialarazon

Avala su presentación por existir argumentos contra la Ley de Presupuestos, pero recuerda que el Tribunal Constitucional ya dictaminó que «la cifra de la financiación no es ilimitada»

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) emitió un informe favorable sobre la interposición por parte de la Generalitat de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de los Presupuestos Generales del Estado de 2016. Admite que existen argumentos para articular dicha acción legal, pero advierten de la «complejidad» que entraña el asunto.

Los argumentos a favor son los expuestos tanto por este Consell como por el anterior. Existen informes de expertos que avalan que la Comunitat está infrafinanciada, que es la única autonomía que aporta más de lo que recibe a pesar de tener un PIB por debajo de la media y además, estas circunstancias están producidas por un modelo de financiación que debería haberse revisado en enero de 2014.

Sin embargo, el CJC advierte de que también hay amplia jurisprudencia que da la razón a las decisiones tomadas por el Estado en el reparto de fondos.

Recoge la sentencia 13/2007 del Tribunal Supremo que afirma: «No existe un derecho de las Comunidades Autónomas constitucionalmente consagrado a recibir una determinada financiación» y recuerda que «la cifra de la financiación no es ilimitada» por lo que las regiones no pueden pretender que se les aplique el «criterio o variable que sea más favorable en cada momento según sus intereses». En el caso de la Comunitat Valenciana, la reclamación va unida a la población. Supera el diez por ciento del conjunto de España, mientras que en los Presupuestos Generales de 2016 recibió, por ejemplo, el ocho por ciento de las inversiones.

En cualquier caso, la sentencia del Tribunal Supremo insiste en que «dotar de carácter vinculante» la voluntad de cada autonomía sería como «conceder el derecho de veto a una Comunidad Autónoma sobre el ejercicio de las competencias exclusivas del Estado». Se entiende, que el Gobierno realiza la distribución de los recursos en función de los intereses generales.

Con todo, el CJC concluye que la prórroga «injustificada y unilateral por parte del Estado» del actual modelo de financiación supone perpetuar un sistema que no garantiza los servicios públicos fundamentales en la Comunitat Valenciana y «pone en peligro la suficiencia financiera de la Generalitat».