Premios
¿Cómo hago para cobrar los premios de la Lotería de Navidad?
Si el premio es igual o superior a los 2.000 euros, solo se podrá cobrar en los bancos autorizados por Loterías y Apuestas del Estado.
Si has sido uno de los agraciados con alguno de los premios del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, podrás cobrar el importe desde esta misma tarde. Concretamente, podrás hacerlo desde las 18:00 hasta el 23 de marzo, que es el último día para solicitar el importe de un décimo premiado. Pero recuerda: los loteros han convocado una huelga este miércoles, para reclamar por unas comisiones de venta más justas, por lo que muchas administraciones estarán cerradas este 22 de diciembre.
Por pequeña que sea la cantidad que te haya tocado, merece la pena ir a cobrarlo. Eso sí, recuerda hacerlo en este plazo de tres meses. Una vez pasado este tiempo, el billete caducará y el premio se quedará sin cobrar.
Los premios pequeños
Si el importe del premio no supera los 2.000 euros (pedrea, aproximaciones, etc.), podrás reclamarlo en cualquiera de los casi 11.000 puntos de venta de la Red Comercial de Loterías desplegados por toda la geografía nacional, simplemente presentando el boleto ganador; e inclusose puede recibir el dinero a través de Bizum, una novedad de este año que anunció Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). En cambio, si el premio es igual o superior a los 2.000 euros, solo se podrá cobrar en los bancos autorizados por Loterías y Apuestas del Estado.
¿En qué bancos puedo cobrar?
Para cobrar todos los premios superiores a los 2.000 euros, es necesario acudir a una de las entidades bancarias autorizadas (en lugar de acudir a las administraciones de lotería), que están repartidos en una extensa red de más de 16.000 oficinas bancarias en toda España. Pero recuerda: las entidades financieras que colaboran con la SELAE no podrán cobrar ningún tipo de comisión por realizar el pago de los premios y tampoco podrán obligar al jugador agraciado a abrir cuenta alguna en dicha entidad.
Los bancos autorizados por la Sociedad Española de Loterías y Apuestas del Estado o SELAE son:
- Abanca Corporación Bancaria
- Banco de Sabadell
- Bankia
- BBVA
- Caixa Bank
- Cajamar
- Caja Sur BBK
- Ibercaja Banco
- Kutxabank
- Unicaja Banco
Recuerda que las entidades financieras no podrán hacer efectivo el pago del premio, sin antes haber recabado los datos del titular del boleto, para dar cumplimiento a las obligaciones legales de identificación (normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, normativa fiscal o normativa de cualquier otra índole que resulte de aplicación).
¿Premios compartidos?
La única peculiaridad del cobro de un premio compartido entre amigos, familiares o parejas; es que todos los titulares del premio deben acudir juntos a uno de estos bancos para identificarse.
Si el grupo demasiado numeroso y voluntariamente los agraciados así lo prefieren, pueden designar un representante para realizar las gestiones en nombre de todos. Este apoderamiento debe conferirse en documento público ante un notario; ya que hablamos de importes elevados de dinero público, lo que requiere tener certeza de a quién se le paga... y por qué se paga.
¿Cuánto se queda Hacienda?
El Sorteo Extraordinario de Navidad y el juego habitual de Lotería supone una importante fuente de ingresos a lo largo del año. En el año 2020 se aprobó una nueva regulación que cambió la forma de recaudar por parte de Hacienda. Con su entrada en vigor, todos aquellos premios de hasta 40.000 euros están exentos de pagar el gravamen por haber resultado ganador en un sorteo.
Así, la Lotería de Navidad cuenta con una tributación fija del 20% en aquello premios que superen los 40.000 euros. Para ello, se debe calcular el importe final del precio, restar esa cifra si el premio es superior, y aplicar una reducción del 20% que se llevará Hacienda.
El Ministerio de Hacienda no recaudará ni esos primeros 40.000 euros premiados o los beneficios reportados por ganancias menores en el sorteo de Navidad. Este descuento del importe se ejecuta directamente a la hora de cobrar el premio y, además, los ganadores residentes en España no deben declararlo en la Renta.
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