Coronavirus

¿Cómo tramito la baja laboral por coronavirus?

Se emiten por 14 días y se considera enfermedad profesional o accidente de trabajo, lo que implica cobrar la totalidad del sueldo desde el primer día

Coronavirus.- Zaragoza.- Los centros de salud recomiendan a los usuarios de consultas no urgentes que "se vayan a casa"
Letrero en un centro de saludlarazonEUROPA PRESS

Tengo dolor de garganta, empiezo a tener fiebre, tos...creo que tengo coronavirus y no puedo trabajar. ¿Cómo pido la baja? ¿Puedo ir al centro de salud?

Para un caso así, o para cualquier otra patología que requiera baja médica, se debe llamar al teléfono del centro de salud que figura en la tarjeta sanitaria (insistir si es necesario). Un auxiliar administrativo le atenderá y tomará nota de los datos y síntomas que tiene y pasará la información a su médico de familia. Será incluido en una lista de consultas médicas por teléfono.

Su médico de familia le llamará y le preguntará sobre su estado de salud y hará una valoración en función de la cual emitirá la baja médica. En otros centros de salud el mismo médico que le pregunta sobre su síntomatología emite el parte de baja. Ahora bien, ¿cómo y cuándo puedo recogerlo? “Muchos facultativos están emitiendo bajas médicas por correo electrónico, aunque también se puede acudir a la puerta del centro de salud con la tarjeta del afectado donde un sanitario le atenderá, en algunos casos hasta en la calle, y pasará sólo al centro a buscar el parte para dárselo”, dice un médico de la dirección asistencial de la zona norte de Madrid.

Las bajas que están emitiendo los médicos son por 14 días por regla general ya que, salvo complicaciones, en la mayor parte de los casos la persona padece síntomas durante ese periodo de tiempo como máximo, salvo que requiera ingreso hospitalario”, asegura el facultativo.

Desde el día 12 de marzo, que fue decretado por el Gobierno, tener coronavirus se considera una enfermedad profesional o accidente de trabajo. “Eso implica que los trabajadores cobran desde el primer día de la baja. En un primer momento se consideró enfermedad común, pero eso suponía que los trabajadores no percibían prestación común y la empresa y la Seguridad Social no tenían obligación de pagar nada durante los primeros días. La norma se ha cambiado y es una manera de que los trabajadores no se vean perjudicados”, explica Paloma Asín, abogada laboralista del despacho Cano Asín y asociados.