Asamblea de Madrid

Vox recurre la admisión a trámite de las mociones de censura contra Ayuso

El diputado de Vox y catedrático de Derecho Procesal, Gutiérrez de Cabiedes, afirma que “si acordada la disolución, fuera posible apresurarse a registrar una moción de censura antes de la publicación en el BOCM (al día siguiente) “paralizando” la convocatoria de elecciones, éstas nunca podrían darse”

El grupo parlamentario Vox de la Asamblea de Madrid ha presentado este viernes un recurso ante la Mesa de la Diputación Permanente de la Cámara regional solicitando la anulación del acuerdo por el que se admitió a trámite las mociones de censura de PSOE y Más Madrid contra la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.

Vox ha amenazado con llegar hasta el Tribunal Constitucional si es necesario para “defender el derecho de los madrileños a votar”, tras la admisión a trámite de las dos mociones de censura “en fraude de ley”.

“No vamos a permitir que se nos arrebate el derecho a votar y el asalto de Pedro Sánchez a la Comunidad de Madrid”, ha aseverado la portavoz de Vox, Rocío Monasterio.

La convocatoria de elecciones en la Comunidad de Madrid está en manos de los tribunales, que deberán resolver el recurso de la Mesa de la Asamblea regional contra el adelanto electoral y decidir si tiene validez el decreto de disolución de la Cámara anunciado por la Ayuso tras la presentación de dos mociones de censura contra ella.

Como apunta el diputado de Vox Pablo Gutiérrez de Cabiedes, catedrático en Derecho Procesal, la publicación en el BOCM solo hace depender la vigencia de los efectos de la convocatoria electoral (plazos, etc.), no de la disolución, que opera ipso iure como se aprecia en toda la legislación.

Y afirma, si fuera legal actuar así sería imposible realmente cualquier convocatoria anticipada de elecciones. Si acordada la disolución, fuera posible apresurarse a registrar una moción de censura antes de la publicación en el BOCM (al día siguiente) “paralizando” la convocatoria de elecciones, éstas nunca podrían darse (igual que sería contrario al sentido de la ley que, de presentarse una moción, pudiera el Presidente acordar la disolución de la Cámara antes de la calificación por la Mesa de dicha solicitud).

Disuelto un Parlamento y dada la voz al pueblo para elegir sus nuevos representantes, no cabe una censura de tal Gobierno, ya decaído, por un Parlamento, ya disuelto. No cabe representación política, sino elección democrática.

La decisión depende del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que deberá pronunciarse sobre el recurso que presentará en las próximas horas la Mesa de la Diputación Permanente de la Asamblea de Madrid contra el decreto de la presidenta.

El decreto, que recoge la disolución de la Asamblea de Madrid y la convocatoria de elecciones anticipadas el 4 de mayo, ha sido publicado este jueves pasada la medianoche en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM)