Tráfico

Las multas pendientes de Madrid Central, perdonadas

Asociaciones de conductores ya suman medio centenar de archivos de denuncias

La fecha de la infracción corresponde al 21 de enero de 2021, a las 13:11 horas. ¿El motivo? Traspasar los límites de Madrid Central sin contar con un vehículo permitido–ECO o Cero emisiones– o sin la autorización preceptiva. El punto exacto, el número 51 de la calle Alcalá. Todo parecía indicar la correspondiente multa por saltarse la Zona de Bajas Emisiones del distrito Centro. Sin embargo, la notificación, fechada en abril y firmada por la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación, dependiente del Ayuntamiento de Madrid, señala el «sobreseimiento y archivo del presente expediente sancionador». Dicho de otro modo: la sanción ha sido perdonada.

No se trata de una excepción. Las asociaciones de conductores se están encontrando con notificaciones similares a lo largo de estas últimas semanas. Concretamente, desde finales de abril. El día 29 de aquel mes, el Supremo inadmitió el recurso interpuesto por Ecologistas en Acción ante una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que anulaba Madrid Central por varios defectos de forma. Entre ellos, el incumplimiento de los trámites de información pública y la ausencia de una memoria económica. De este modo, el Supremo avalaba la decisión del TSJM, que daba así la razón al Grupo Municipal del PP, entonces en la oposición y hoy en Cibeles, cuando recurrió la ordenanza de movilidad impulsada por el Ayuntamiento de Manuela Carmena.

Nada más pronunciarse el Supremo, saltaba la duda: ¿seguía vigente Madrid Central aunque el actual Consistorio decidiera mantener las cámaras del perímetro operativas?

Desde que se conoció la decisión de los tribunales, la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA) reúne ya alrededor de cincuenta archivos de denuncias al respecto. Algunas de esas infracciones, como la que referíamos al principio de este artículo, se cometieron incluso antes de que se conociera el auto del Supremo.

«Desde el 29 de abril, no se pueden poner nuevas denuncias, por el mero hecho de que Madrid Central ya no existe. Ha quedado expulsado del ordenamiento jurídico», explica a LA RAZÓN Mario Arnaldo, presidente de la AEA. Pero además, «las multas anteriores a esa fecha, y que estuvieran pendientes de pago, se tienen que anular. El Ayuntamiento no las puede tramitar». Y eso es precisamente lo que está ocurriendo.

De hecho, a los afectados no les está siendo necesario acudir a los tribunales para conseguir el archivo de sus multas. Una vía, por otro lado, a la que sí están recurriendo algunos conductores particulares. A lo largo de las últimas semanas, varias salas madrileñas de lo Contencioso Administrativo han dado la razón a los reclamantes, dictando la nulidad de las sanciones.

Ahora bien, a Automovilistas Europeos Asociados le está bastando con un recurso administrativo para recibir el sobreseimiento. Eso sí, con una particularidad: Arnaldo subraya que esa medida se está aplicando siempre en sanciones que se encuentran en alguna fase de ejecución y que aún no hayan sido abonadas.

Entonces, ¿qué ocurre en los casos en los que el infractor haya pagado su correspondiente multa de 90 euros, o 45 con pronto pago? «Es una cuestión distinta. En principio, el auto del Supremo no tendría efecto retroactivo para las multas que ya hayan sido abonadas», aclara Arnaldo. Con todo, en esos casos sí que cabría una salida por vía judicial: la reclamación de «una indemnización mediante el procedimiento de responsabilidad patrimonial». Algo, en todo caso, a lo que solo se podría recurrir a partir del momento en el que el auto del Supremo sea publicado a través de los organismos oficiales.

Una «compensación»

Según explica Arnaldo, esta figura jurídica permitiría a los conductores pedir una compensación por el daño causado por parte de las autoridades, ya que la infracción cometida viene derivada de una ordenanza que no debería haber estado en vigor, tal y como han expresado los tribunales madrileños en varias sentencias.

No hay que olvidar, por otro lado, que el auto del Supremo sobre Madrid Central no será la última resolución judicial al respecto. Los tribunales aún tienen sobre la mesa otros dos recursos: uno de la propia AEA y otro de Pyramid Consuting, empresa gestora de multas de tráfico. En todo caso, y a tenor de los últimos pronunciamientos, todo indica a que los fallos irán por una senda similar.

Con todos estos elementos sobre la mesa, ¿cuántas multas podrían ser anuladas a raíz de la reciente decisión del Supremo? Para ello, sería necesario conocer cuántas sanciones de las impuestas se encuentran actualmente en fase de tramitación, un dato que se desconoce. Sí que se sabe que, en los dos años largos que lleva en vigor la medida –su fase sancionadora comenzó en marzo de 2019–, Madrid Central ha supuesto alrededor de 1.393.000 multas. La recaudación oscilaría entre algo más de 60 millones de euros –en el caso de que se aplique el pronto pago– y los 125 millones. De este modo, de forma mensual, Madrid Central supone la imposición de más de 50.000 sanciones.

Si bien el Ayuntamiento asegura que las cámaras que se encuentran dentro del perímetro van a seguir funcionando, lo cierto es que se trata ante todo de una medida disuasoria para evitar una avalancha de vehículos en zonas de Centro actualmente vetadas al tráfico: la calle Alcalá desde la plaza de Cibeles, Gran Vía o Atocha, entre otras. De hecho, el Consistorio es consciente de que puede producirse un «efecto llamada» derivado de la nulidad de Madrid Central por parte del Supremo. De ahí la celeridad del Ayuntamiento a la hora de sacar adelante su estrategia medioambiental Madrid 360, la cual esperan que quede aprobada en el último Pleno ordinario antes del parón vacacional de agosto. Además, en esencia, la nueva ordenanza respetará los actuales límites de Madrid Central, por lo que sus más de cien cámaras seguirán operativas.

Desde Automovilistas Europeos Asociados creen que la capital necesita de manera urgente una ordenanza que regule la protección medioambiental del centro de Madrid. Eso sí, debe ser «una normativa bien hecha, que no se adopte precipitadamente, sino que esté bien pensada para proteger el aire contaminado de la ciudad».