El juicio

10 años del “caso Madrid Arena”, la fiesta que lo cambió todo

Tras la fiesta de Halloween en la que cinco chicas perdieron la vida aplastadas, llegó el juicio: de los 15 acusados, 8 fueron condenados por el Supremo pero ninguno cumplió más de tres años en prisión

Nadie hubiera querido que pasara, evidentemente, pero tampoco es que estuvieran muy pendientes por evitarlo, y eso que hubo muchos actores intervinientes. La tragedia del Madrid Arena sacudió la sociedad madrileña por la juventud de las víctimas que murieron, por la forma en que sucedió todo y por la incomprensión de que aquello pudiera pasar en una fiesta con, aparentemente, todas las garantías. No fue ninguna convocatoria clandestina ni se celebró en ninguna okupa con riesgo de derrumbe o una «rave» sin control policial: ocurrió en un recinto municipal de la Casa de Campo, al lado de la Jefatura de la Policía Municipal de Madrid, con empresas de seguridad interior y exterior vigilando, con publicidad y venta de tickets online y con la Policía Nacional pasando por allí horas antes a comprobar que todo estaba «ok» y autorizaban, por tanto, la apertura de puertas. Y, a pesar de todos estos supuestos «avales», aquello fue un auténtico despropósito. El principal motivo fue que el promotor de la «Triller Music Park», el empresario Miguel Ángel Flores a través de su empresa «Diviertt», vendió el doble de entradas autorizadas y permitió entrar a varios miles más (muchos colándose) abriendo el portón de carga de la planta baja justo antes de la actuación estelar del dj estrella Steve Aoki.

Diviertt ya había celebrado con anterioridad casi una treintena de eventos en los pabellones del recinto ferial que gestionaba la empresa municipal Madrid Espacios y Congresos (Madridec), posteriormente rebautizada como «Madrid Destino». Flores era un empresario de la noche muy conocido, por tanto, en el Ayuntamiento y siempre se dijo que guardaba muy buena relación con algunos responsables políticos. No obstante, como él mismo aseguró en el juicio que se celebró tres años después de la tragedia, siempre se realizaba una reunión previa para diseñar el dispositivo de seguridad adecuado para el evento en función del número de asistentes previstos y otros factores. En esta ocasión, sin embargo, aquel encuentro no se produjo y él se limitó a contratar a la seguridad interior (controladores de acceso de la empresa Kontrol, 34) y el servicio mínimo de enfermería y ambulancia.

Ese dispositivo sanitario estaba integrado por dos médicos, padre (octogenario) e hijo, que montaron una suerte de enfermería de lo más rudimentaria en un cuarto del pabellón, apenas compuesta por un desfibrilador y una camilla. No tenían, desde luego, capacidad para atender algo de gravedad, como desgraciadamente ocurrió.

22.800 personas

El principal motivo del desastre, no obstante, fue el exceso de aforo. En realidad, nunca se llegó a saber con exactitud cuántas personas llegaron a estar dentro del edificio municipal en el momento en el que ocurrió todo pero la Fiscalía dijo que Flores llegó a congregar allí, como «mínimo», a 22.800 personas (sin contar las invitaciones y las personas que se colaron en el momento que se abrió aquel portón de carga). El baile de cifras que dio el empresario en su declaración judicial pasará a los anales de la historia por el lío que se hizo él mismo ante la jueza (ya fallecida) María Luisa Aparicio. El aforo que le permitía el Ayuntamiento era de 10.600 personas y primero reconoció que encargó a una imprenta 17.500 entradas físicas para que los relaciones públicas tuvieran sus propios talonarios; es decir, que eso no quería decir que tuviera intención de venderlas todas. Además, había dos portales digitales que las vendían: Ticketmaster y Onticket (propiedad de Flores). Así, en total dijo que se vendieron 9.650 entradas, si bien la suma no cuadraba porque físicas dijo que fueron 5.650 y 4.578 digitales, lo que sumaría 11.228. «No salen las cuentas», le reprochó la fiscal. Porque lo cierto es que el Grupo V de Homicidios de la Policía Nacional, encargado de la investigación del suceso, encontró en unas urnas cerradas 16.000 entradas más. Una prueba que, por supuesto, su defensa trató de tumbar alegando que el cierre de estas cajas estaba «manipulado» y no podía garantizarse la cadena de custodia. Más tarde recogería la sentencia que quedaba demostrado que fue Flores quien «controló dicha venta y fue consciente de la misma» y ese exceso de aforo, «produjo un riesgo evidente para la seguridad de todos los asistentes y fue el origen del grave resultado mortal y lesivo producido con posterioridad».

Porque, a todo lo anterior, había que sumar el centenar de invitaciones que tenía siempre Madridec, la empresa municipal, para todos los eventos, y las personas que se colaron o pasaron su entrada a un amigo porque a última hora los revisores no la validaban por el lector digital, tal y como explicaron muchos supervivientes en el juicio. Esa fue una de las claves del descontrol final. A lo largo de la noche, los asistentes fueron entrando por las puertas habilitadas, sus entradas eran comprobadas y les hacían una requisa (cacheo de bolsillos y bolsos para comprobar que no se mete nada peligroso) más exhaustiva.

El macrobotellón

Pero el plan de muchos miles de jóvenes para aquella noche de Halloween fue organizar un botellón en las inmediaciones del Arena para después entrar a ver a Steve Aoki, que actuaba a las 3:00 de la madrugaba. Muchos, sin embargo, iban sin entrada y se quedarían fuera hasta que vieran la posibilidad de entrar sin pagar. Lo que ocurrió es que miles de jóvenes apuraron el botellón hasta las 3 y luego se formaron colas kilométricas para entrar a Aoki. El alcohol ya hacía mella y, para evitar que se pusieran nerviosos al ver que se estaban perdiendo la actuación, los organizadores ordenaron a los empleados que estaban en las puertas una «requisa más liviana» para acelerar el acceso del público al interior. A muchos ya ni les revisaban la entrada y se ordenó abrir otras dos puertas no habilitadas hasta el momento con ánimo de que entraran cuanto antes.

Es importante recordar que todas estas negligentes actuaciones se realizaron no por la orden de un encargado eventual, sino que aquella noche estaban dando este tipo de irresponsables instrucciones los máximos responsables: el promotor Flores, los responsables de Madridec y los de Seguriber (la empresa encargada de la seguridad exterior de los edificios municipales). De ahí que todos fueran imputados en el proceso judicial.

Según recogió la sentencia, esta actuación por parte de los responsables «se realizó sin tener en cuenta no solo que el portón de carga situado en la cota 0 y las puertas del Muelle Mónico eran salidas de emergencia y que, por lo tanto, no se podía entrar por esos lugares, sino también que, como consecuencia del exceso de público, del cierre de los vomitorios y del escaso y defectuoso control de acceso del público (...), la pista se encontraba saturada, así como que la entrada de los asistentes por el portón de cota 0 directamente a la misma provocaba una situación imposible ante la aglomeración de personas en la pista y la dificultad de salir por los escasos accesos por los que ello era permitido, lo que se agravó con la entrada de público por las puertas de cristal del Muelle Mónico».

Cinco vomitorios cerrados

Es decir, muchos de los que estaban en el interior ya empezaban a notar el agobio antes incluso de que entraran estas últimas miles de personas. Y es que, de los ocho vomitorios (pasillos de acceso) que tiene el pabellón, cinco estaban cerrados y había seguridad controlando que no pasara nadie por allí incluso cuando había gente tratando ya de huir agobiada. Según recogen los hechos probados de la sentencia, «muchas de las personas que se encontraban en la isla del sector A de cota 0 taponaban la salida del vomitorio central al intentar dirigirse a la pista, por lo que se dificultaba que todos los que estaban atrapados en el vomitorio pretendiendo abandonarla pudieran hacerlo, confluyendo en el mismo y reducido lugar quienes querían salir con los que pretendían entrar. Ello produjo que el gran número de jóvenes que estaban en el interior del vomitorio perdiera el control y cayeran unos encima de otros, produciéndose en pocos segundos una montaña de personas en la que los de abajo llegaron a tener hasta siete u ocho personas encima». Los dos controladores de acceso que se encontraban en ese punto trataron de ayudar sin tampoco pedir ayuda a más compañeros a través de sus walkies.

«Como consecuencia de lo anterior –dice la sentencia– las tareas de rescate de las víctimas que quedaron atrapadas en el vomitorio se realizaron de manera absolutamente descoordinada, lenta y poco eficaz, colaborando en las mismas parte de los propios asistentes, consiguiendo entre todos evacuar a todas las personas atrapadas alrededor de las 3:55 horas, veinte minutos después de que se produjera el incidente, resultando lesionados de diversa entidad 29 de los jóvenes que se encontraban en el interior del vomitorio y de extrema gravedad Belén Langdon del Real, Mª Teresa Alonso Vinatea, Cristina Arce de la Fuente, Rocío Oña Pineda y Katia Esteban Casielles, como consecuencia del aplastamiento que habían sufrido». Las cinco chicas finalmente fallecieron, algunas minutos después y otras días más tarde tras permanecer hospitalizadas. Para hacer justicia por ellas y por el resto de damnificados se celebró un juicio en la Audiencia Provincial de Madrid en enero de 2016. Fueron 15 personas las que se sentaron en el banquillo: los responsables de la organización del evento, del edificio municipal, de la seguridad interior y exterior, del servicio médico y el jefe de la Policía Municipal por haber «permitido» el botellón organizado fuera. Siete de ellos fueron condenados por la Audiencia y ocho fueron absueltos, entre ellos los médicos. Pero la familia de una de las víctimas mortales, Cristina Arce, recurrió la absolución de Simon Viñals, el octogenario que atendió a la joven en la enfermería y finalmente el Tribunal Supremo le condenó, asegurando en su sentencia que la muchacha ingresó con vida y el médico «no llevó a cabo las maniobras más elementales de reanimación», además de señalar que se «omitió toda diligencia debida». Así, a pesar de esa absolución inicial, el Supremo fue tajante: Cristina «llegó viva a su servicio médico y nada hizo el acusado por reanimarla». Fue condenado apenas a un año de prisión e inhabilitación para su cargo.

Al entender los jueces que estábamos ante un homicidio imprudente y no doloso (como consideraban las acusaciones), las condenas fueron no superiores a los cuatro años de cárcel, por lo que Miguel Ángel Flores ya disfrutaba del tercer grado en diciembre de 2019. Ahora, ya en libertad, sigue dedicado a sus negocios.