Urbanismo

Madrid: un centro de salud en el antiguo Hospital del Aire

El Área de Desarrollo Urbano modificará el Plan General para que los terrenos acojan unas “instalaciones modernas”

Plano de los terrenos del Hospital del Aire
Plano de los terrenos del Hospital del AireAyuntamiento de Madrid

En el número 82 de la calle Arturo Soria se encuentra una parcela vallada, parcialmente edificada y sin actividad. Se trata del antiguo Hospital del Aire, con una superficie de 28.569,02 m2. Ahora, el Ayuntamiento de Madrid dispondrá un nuevo uso para esos terrenos. El Área de Desarrollo Urbano, que dirige Mariano Fuentes (Cs), eleva hoy a la Comisión (paso previo al Pleno del próximo martes) la aprobación definitiva para la creación de un Área de Planeamiento Específico sobre la parcela. Así, se mantendrá el uso dotacional de servicios colectivos, pero se modificará el nivel de implantación urbanístico de equipamiento de salud singular a equipamiento de salud privado.

Para hallar el origen de estos terrenos hay que retroceder al año 1945. Entonces, la Administración General del Estado adquirió una finca que, el 21 de enero de 1965, fue segregada en tres fincas registrales, una de las cuales es el objeto del actual expediente. El Estado decidió destinar la misma a la construcción de un Hospital Militar, afectando la parcela al uso público. En 2003, aquel Hospital fue demolido y en 2011 se produjo la desafectación de este uso, pasando a ser su régimen jurídico el de bien patrimonial. Así, se procedió a su venta, que finalmente se produjo a un titular privado en marzo de 2019.

La dotación allí edificada daba cobertura sanitaria a un sector de la población, el personal del ejército del Aire, pero no al conjunto de los ciudadanos de Madrid ni a los residentes en la zona. Por ello, en su día, el Ministerio de Defensa no consideró que la desaparición Hospital Militar produjese un menoscabo en los servicios de salud de la población madrileña. La Comunidad de Madrid, a quien se ofreció la adquisición del terreno, no consideró necesario mantener el destino público del solar.

Ahora, desde el Área de Desarrollo Urbano explican que la presente actuación “se adecua al interés general y a la realidad existente tras la desafectación de la parcela”, con una actuación de transformación urbanística que nace con cinco objetivos: mejorar la trama urbana actual y el paisaje, así como proteger el patrimonio vegetal y ambiental y revitalizar la parcela; mantener el uso dotacional de equipamiento de salud para la construcción de unas instalaciones modernas que presten un servicio de calidad; proteger el patrimonio ajardinado y arbóreo de la ciudad, delimitando el trazado de un jardín de interés; apostar por la sostenibilidad, eficiencia y ecología; y, como resultado de lo anterior, obtener una parcela para equipamiento “a nivel de barrio”.

La Modificación del Plan General propuesta por Urbanismo establecerá la ordenación de las siguientes parcelas dotacionales: la Parcela 01, con un uso dotacional servicios colectivos en su clase de equipamiento, de 550 m2, cuya titularidad pertenece al Ayuntamiento de Madrid; y la Parcela 02, con un uso dotacional servicios colectivos en su clase de equipamiento, de 28.019,02 m2, y de titularidad privada. La elevación para su aprobación definitiva se produce tras el periodo de información pública y la estimación parcial de alguna de las alegaciones presentadas y tras recibir los informes de la Comunidad de Madrid.