
Educación
La Complutense aclara que los docentes con permiso sabático "mantienen su salario porque continúan desarrollando actividades"
"El permiso no supone vacaciones ni conlleva retribuciones extraordinarias", subraya la UCM

La Universidad Complutense de Madrid (UCM) ha aclarado que el personal que cuenta con el permiso sabático mantiene su salario ordinario porque debe desarrollar actividades de investigación, actualización y gestión académica, así como participar en las comisiones y órganos universitarios de los que forme parte y rendir cuentas de dichas actividades al finalizar el período.
"El permiso no supone vacaciones ni conlleva retribuciones extraordinarias", ha subrayado en un comunicado que ha emitido este jueves para "aclarar" el marco normativo y las condiciones en las que se regulan dichos permisos.
En este sentido, el centro universitario ha recalcado que el permiso sabático libera "temporalmente" de la docencia para permitir que el profesor intensifique su labor en las restantes obligaciones del Personal Docente e Investigador (PDI).
La UCM contempla la concesión de permisos sabáticos por investigación, previa carta de invitación de una institución foránea y aprobación del proyecto correspondiente; y por haber impartido docencia durante más de 25 años en el centro, con la obligación posterior de presentar un informe sobre la actividad de actualización, formación o investigación realizada.
También se realiza por el ejercicio prolongado de determinados cargos académicos (más de cuatro años), una vez cesado en el cargo, con el fin de retomar la investigación o formación que no se pudo desarrollar durante el periodo de gestión.
"En ninguno de los dos primeros casos estos permisos implican coste económico adicional para la universidad. En el caso de investigación, solo se autoriza si no conlleva sustituciones docentes. En el segundo supuesto, el propio Departamento asume la carga docente del profesor en período sabático", ha apuntado.
Por cargo
Sobre los sabáticos por cargo, la Complutense ha recalcado que la mayoría de quienes se toman el curso académico entero "no incurren en coste económico porque no se concede un profesor sustituto si el Departamento al que pertenecen tiene capacidad suficiente para asumir el encargo del profesor de sabático".
"Solo cuando es necesario nombrar un sustituto, este se remunera conforme a las condiciones acordadas para todas las universidades públicas madrileñas (equiparable a un contrato de profesor asociado 3+3 o 4+4), sin relación con el sueldo del profesor sustituido", ha concluido.
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