Tensión

El desafío del presidente del Colegio de Arquitectos de Madrid: "Mi toma de posesión se va a celebrar"

El presidente de la Mesa electoral anula la toma de posesión del decano, que avisa de que "se estaría obstruyendo un derecho constitucional"

Sigfrido Herráez, decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid
Sigfrido Herráez, decano del Colegio Oficial de Arquitectos de MadridLuis DíazLa Razón

La crisis institucional del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) se agrava. El presidente de la Mesa Electoral, Luis de la Rica, ha vuelto a anular, por segunda vez, el intento de toma de posesión de la Junta de Gobierno encabezada por Sigfrido Herráez, reelegido decano por mayoría absoluta el pasado mes de mayo. El acto estaba previsto hoy, a las 12:30. Sin embargo, Herráez está dispuesto a desafiar la decisión y ha anunciado con firmeza que la toma de posesión «se va a celebrar». Entre otras cosas, porque, si no se hiciera, «se estaría obstruyendo un derecho constitucional. No se puede impedir una toma de posesión cuando hay un resultado electoral», detalló a LA RAZÓN. Lo afirma amparándose en un informe del Colegio de Abogados de Madrid, al que se dará lectura en un acto que, a todas luces, será tenso y al que acudirá un notario para dar fe de lo que ocurra. Al día siguiente, Herráez tiene previsto empezar a trabajar de lleno en los presupuestos de la institución.

El decano electo decidió no formalizar la toma de posesión en un primer intento, hace unos meses, «por prudencia». Pero ya no está dispuesto a demorar el trámite pese a la misiva del presidente de la Mesa, quien considera que se trata de un acto «contrario a los Estatutos» porque pretende anticipar un cambio de poder sin resolución judicial firme.

El reelegido decano había difundido el 20 de noviembre un comunicado defendiendo la necesidad de «normalizar la situación» tras las elecciones del 27 de mayo y permitir que los representantes elegidos asumieran sus cargos, aunque aún hay litigios abiertos. Su argumento es que «los Estatutos marcan que el que gana las elecciones debe tomar posesión del cargo y no dejarlo a discreción de la Mesa Electoral, que no se ha reunido, ya que la única comunicación que tengo es la del presidente de la Mesa», detalla. Herráez, apoyándose en el informe del Colegio de Abogados de Madrid, sostiene que los Estatutos de la institución establecen claramente que quien gana unas elecciones debe tomar posesión del cargo a los 20 días. El presidente de la Mesa, en cambio, afirma que esto no es así hasta que los jueces resuelvan los litigios abiertos. En opinión del decano, los autos de medidas cautelares permitieron la participación de todos los candidatos impugnados, lo que suponía en la práctica «el título habilitante» necesario para culminar el proceso con la toma de posesión y acabar así con el bloqueo institucional de la proclamación de electos.

Sin embargo, el presidente de la Mesa Electoral sostiene exactamente lo contrario. En su resolución del 24 de noviembre afirma que el acto convocado por la Junta en funciones vulnera la resolución firme del 9 de junio, por la que se dejó a la Junta surgida en 2022 «en funciones» hasta que recaiga sentencia sobre la elegibilidad de varios integrantes de la candidatura TODOS COAM y de varias listas a la Junta de Representantes. Esa resolución no fue recurrida por ninguna candidatura, lo que la convierte, según el presidente del órgano electoral, en plenamente firme y de obligado cumplimiento. De la Rica recuerda en ese documento que el Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 18 de Madrid, de fecha 28 de mayo, permitió la participación de TODOS COAM en las elecciones «sin que esta decisión prejuzgue el fondo del asunto, lo que tendrá lugar en el momento procesal oportuno». Considera que el error consiste en extender los efectos de las medidas cautelares más allá de lo permitido.

El núcleo del conflicto ha girado en torno a la interpretación de los estatutos respecto a los mandatos del actual decano. La Junta Electoral dejó fuera inicialmente a Herráez al entender que ya había cumplido dos legislaturas (el máximo permitido por los Estatutos) y que, por tanto, no podría volver a presentarse. Herráez lo negó: «Llevamos un mandato completo y uno inconcluso de un año y medio. Eso no son dos legislaturas. Lo dicen tres informes de bufetes jurídicos de primer nivel». Su rival, Jesús San Vicente, discrepaba totalmente. Sostenía que «el artículo 30.5 es inequívoco: los periodos incompletos solo se excluyen del cómputo de mandatos si no superan un año, y el primer mandato de Herráez fue de año y medio». Este último acudió al Contencioso-Administrativo, que permitió a TODOS COAM participar en las elecciones, como medida cautelar, sin entrar en el fondo del asunto. Aún se está a la espera de una sentencia firme.