Política

Vox tiene razón. Y el gobierno otro problema “técnico”

Aunque ahora resulte aún más evidente, yo insisto en mi primera idea: desde el primer minuto de la declaración del estado de alarma, el Gobierno se equivocó

José Manuel Vera Santos

A mediados de marzo, recién publicado el decreto de declaración del estado de alarma, fui uno de los primeros (y escasos, todo sea dicho), constitucionalistas que defendió públicamente que, en puridad jurídica y al suspenderse de facto derechos fundamentales como los de libre circulación y reunión, el Gobierno debería haber declarado el estado de excepción. Ante el endurecimiento de las medidas de confinamiento y la inclusión de otras medidas en la prórroga y normativa posteriormente aprobada por el Ejecutivo, numerosos colegas apuntan ya a que son estas últimas las que nos llevarían ante la declaración del estado de excepción.

Aunque ahora resulte aún más evidente, yo insisto en mi primera idea: desde el primer minuto de la declaración del estado de alarma, el Gobierno se equivocó. Este posible error decisorio, y decisivo, de un órgano colegiado tan multitudinario como es el Consejo de Ministros, me plantea una duda sobre el carácter técnico jurídico de la decisión adoptada. Me explico: este Gobierno, con su Presidente a la cabeza, no se cansa de indicarnos día tras día, que durante esta emergencia sanitaria actúa siempre en virtud de informes técnicos. Pues bien, apliquemos la tan cacareada “pureza técnica decisoria” de nuestros gobernantes al ámbito constitucional que nos ocupa ¿Podría el Gobierno sacar a la luz pública los informes solicitados en los que se basa la importantísima decisión de optar por el estado de alarma y no por el de excepción? En su caso ¿a qué organismos se han pedido los mismos? Ante las cada vez mayores dudas planteadas en los medios de comunicación por importantes juristas ¿ha tenido a bien el Gobierno solicitar el correspondiente asesoramiento para la prórroga anteriormente aprobada? ¿y respecto a la próxima solicitud? ¿qué ha dicho la Abogacía del Estado al respecto de la cuestión? Como vemos, oportunidades ha tenido nuestro Presidente para, efectivamente, “confiar en los técnicos” ¿o solo confía en los expertos sanitarios a los que utiliza como escudo protector cuando le conviene a sus intereses?

Ante una respuesta gubernamental en la que se indicase que la declaración de cualquiera de los estados de emergencia se trata de un acto político y, por tanto, no requiere informe alguno, su general y cansina excusa, consistente en el uso de informes técnicos a la hora de la toma de decisiones, evidenciaría su falsedad. Además, resultaría intolerable, democrática y jurídicamente que, ante la mayor suspensión de derechos y libertades de nuestra historia democrática, descubramos que el Gobierno ni siquiera ha tenido a bien solicitar un informe técnico jurídico o que, si se solicitaron, y hubiese la lógica y normal contradicción de opiniones, no se optara por la más tuitiva de los derechos y libertades ¡España no es esa China comunista, represora y mentirosa, que se nos presenta ahora como salvadora de la humanidad! Se pueden suspender derechos y libertades por motivos de seguridad nacional ¡Claro que sí! Pero con toda la proporcionalidad y las garantías debidas. Por eso era necesaria la declaración del estado de excepción, para una mayor protección de los derechos, para un mayor protagonismo de un Congreso de los Diputados hoy casi impedido, como los periodistas, para ejercer el necesario control a un Ejecutivo “dopado”, con amplísimas atribuciones competenciales. Quizás esta sea la razón encubierta por la que el Gobierno no pidió informe alguno: para campar a sus anchas ¡Otra vez el dichoso modelo totalitario bolivariano!

Aplaudo, pues, la interposición del recurso de inconstitucionalidad que presenta Vox, defendiendo con ello la Constitución y los derechos y libertades de todos los españoles. Y como tal, se lo agradezco. Desconozco su argumentación de fondo pero, en todo caso, este recurso posibilitará al Tribunal Constitucional, supremo intérprete de la Constitución, pronunciarse respecto a la cuestión planteada y responder a las más que razonables dudas existentes al respecto. Y espero y deseo que ello se produzca en el menor tiempo posible, ya que nos encontramos ante una cuestión axial para el desenvolvimiento de actuales y posteriores acciones jurídicas y políticas.

Recursos ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, quejas y solicitudes elevadas al Defensor del Pueblo nacional o al europeo, cuestiones de inconstitucionalidad o recursos de amparo en virtud de la aplicación concreta de las normas aprobadas, multitud de demandas y querellas, incluso responsabilidad patrimonial de la administración ante tribunales nacionales e internacionales estarán, en su resolución final, pendientes de este recurso de inconstitucionalidad.

Y también estará pendiente y eso me preocupa mucho más si cabe, el hasta ahora sagrado, y protegido jurisprudencialmente, ejercicio del contenido esencial de nuestros derechos y libertades, de los tuyos y de los míos, herramientas básicas para nuestro desarrollo personal y cívico. No lo olvidemos. Ni ahora ni nunca. Debemos hacer todo lo posible para que esta epidemia menoscabe lo menos posible nuestra salud y nuestra forma de vida; pero, sobre todo, estemos atentos para que, aprovechando la crisis del coronavirus como excusa, no acaben con nuestra libertad.

* José Manuel Vera Santos es Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos y editor de www.constitucionparatodos.com