El ambigú

Confusión deliberada

La regulación de la acción popular afecta el acceso a la justicia

Muchas críticas ha provocado la proposición de ley del Grupo parlamentario socialista que busca reducir el ámbito de actuación de la acción popular, pretextando el uso abusivo que de la figura emplean determinados colectivos para atacar sistemáticamente a sectores sociales no afines y a adversarios políticos. De todas las valoraciones destaco por su importancia las realizadas por las cuatro asociaciones profesionales judiciales, a las cuales me remito. Pero al margen de esto, que no es poco, me ha llamado la atención, por lo paradójico, que una iniciativa legislativa de esta naturaleza se contextualice en la reciente Directiva 2024/1069 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativa a la protección de las personas que se implican en la participación pública frente a pretensiones manifiestamente infundadas o acciones judiciales abusivas, muy poco conocida en España a pesar de su trascendencia que poco o nada tiene que ver en este contexto. La Directiva establece un marco normativo para proteger a las personas que participan en el debate público frente a las llamadas demandas estratégicas contra la participación pública (SLAPPs, por sus siglas en inglés), demandas que buscan intimidar, censurar o agotar a los participantes en el debate público mediante litigios abusivos; esta directiva tiene limitado su ámbito de aplicación a los litigios civiles y mercantiles, resultando muy cuestionable su extrapolación al ámbito penal, puesto que en los primeros rige el principio dispositivo, estando los jueces obligados a la admisión, tramitación y resolución, mientas que en el ámbito penal los jueces para su admisión a trámite deben valorar que los hechos objeto de cuestión revistan naturaleza delictiva y ser verosímiles; nada que ver. EL objetivo de la Directiva es proteger la participación pública y la libertad de expresión, en definitiva garantizar que periodistas, activistas, defensores de derechos humanos, académicos y ciudadanos puedan expresar sus opiniones y participar en el debate público sin temor a represalias legales abusivas; para ello se debe identificar y sancionar el uso de procedimientos judiciales con el propósito de acallar críticas legítimas o impedir el ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión; el espíritu de la directiva no es reducir los ámbitos de legitimación procesal sino facilitar mecanismos para que los tribunales puedan desestimar rápidamente las demandas manifiestamente infundadas o abusivas y obligar al demandante a demostrar la base legítima de su reclamación, evitando que los demandados tengan que asumir costos innecesarios. La Directiva se enmarca en la estrategia de la Unión Europea para promover la democracia, la libertad de prensa y los derechos fundamentales dado que las SLAPPs han sido usadas por actores poderosos (corporaciones, figuras públicas o gobiernos) para silenciar voces críticas. Con esta normativa, la UE busca crear un entorno más seguro para la participación pública activa y la defensa de los derechos democráticos. La acción popular es un mecanismo que permite a los ciudadanos implicarse directamente en la persecución de delitos o en la defensa de derechos colectivos, como los relacionados con el medio ambiente, corrupción o derechos humanos, esto es, mientras que la Directiva protege a los ciudadanos frente a litigios abusivos. Una regulación adecuada de la acción popular debe garantizar que este mecanismo se fortalezca asegurando el acceso a la justicia para cuestiones de interés colectivo. La Directiva no es un marco conceptual relevante para debatir la regulación de la acción popular y no se deben confundir ambos contextos: la Directiva aborda litigios abusivos en contra de la participación pública, mientras que la regulación de la acción popular afecta el acceso a la justicia y la capacidad de los ciudadanos para actuar como garantes del interés general. «La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio». Cicerón.