El ambigú

Igualdad y justicia social

En la Constitución encontramos los márgenes y verdaderos objetivos de toda política social

Durante una campaña electoral la igualdad y la justicia social son palabras que se usan en exceso pretendiendo un monopolio político sobre la consecución de estos fines y principios constitucionales, pero en un país como España cada vez es más difícil sacar rédito electoral del manoseo y patrimonialización de las políticas que pretenden asegurar el cumplimiento de estos valores constitucionales. La extrema izquierda llega a contraponer la libertad e igualdad presentándolos como valores que chocan entre sí, y esto no es cierto sino mas bien todo lo contrario, porque al igual que la verdad nos hace libres, la libertad asegura mucho más la igualdad entendida como la debemos comprender en nuestro marco constitucional, esto es, el derecho a no ser discriminado y asegurar la igualdad de oportunidades. En el ámbito filosófico el debate es muy interesante y así por ejemplo Ronald Dworkin sostiene que no hay choque alguno entre ambos ideales, y que su presunta incompatibilidad depende de interpretaciones inadecuadas de libertad e igualdad, y así si definimos libertad como permitir que cada quien haga lo que quiera sin que se le restrinja, e igualdad como dar a todos lo mismo, resulta que la libertad y la igualdad chocan , pero lo es por su definición y no por su contenido, porque ni la libertad es lo primero ni la igualdad lo segundo. En el ámbito político este debate es mucho más ramplón e interesado, especialmente desde el ámbito de las fuerzas políticas que se presentan como los únicos promotores y protectores de la igualdad y la justicia social, de tal modo que, si otra opción política gana las elecciones, se pondría en juego las cuotas de igualdad y justicia social alcanzadas en España. Esto, más allá de la dinámica propia de los debates electorales y de los juegos de hipérboles que normalmente se esgrimen en periodos electorales, supone un insulto a la sociedad española, puesto que la protección de estos valores es un triunfo colectivo. Nuestra Constitución define al Estado como «social» y ello tiene un significado jurídico y normativo del que ninguna fuerza constitucional puede huir. Cuando nuestra Constitución establece que España se constituye en un «Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político», el término social añadido a ese estado, afecta a los fines que se deben perseguir, de tal suerte que se le encomienda al estado nuevas tareas que no sustituyen a las tradicionales (seguridad, orden público, fomento, defensa, etc.), sino que las inspiran y complementan. Nuestra Constitución obliga a procurar una mayor igualdad social y en su consecuencia a proteger a los menos favorecidos y más discriminados, y por ello determina al Estado no solo a ser sino a actuar, de tal manera que se consigan aquellos valores. Esto ha inspirado las políticas sociales de todos los gobiernos de nuestra democracia, desplegando no solo unos servicios públicos de los mejores de Europa, sino alcanzando unas cuotas de igualdad real y justicia social de las que pocos países en el mundo pueden presumir. Por eso ya está bien de manipulaciones interesadas, ni de imponer nombres a departamentos ministeriales y consejerías. En la Constitución encontramos los márgenes y verdaderos objetivos de toda política social. No cabe duda de que esto se puede desarrollar con mayor eficacia y eficiencia, los ciudadanos lo sabrán valorar y podrán elegir entre las diferentes propuestas políticas, pero nunca bajo la amenaza de que, si no se vota a las opciones políticas que se erigen como únicos valedores de la igualdad y la justicia social, estas retrocederán.