Sentencia

Una celebración en Gipuzkoa termina con los novios en los tribunales por un brote de gastroenteritis

La Audiencia Provincial atribuye la responsabilidad a la pareja tras seis años de litigio, aunque descarta que el origen del brote fuera alimentario

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La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha puesto fin a un prolongado conflicto legal de seis años al ratificar una sentencia que condena a una pareja nupcial a pagar 12.957,32 euros a la empresaorganizadora de su boda, tras un brote de gastroenteritis que afectó a decenas de invitados durante la celebración.

El caso se remonta a 2019, cuando los novios organizaron su banquete en un establecimiento de restauración del territorio. Horas después del evento, más de una decena de asistentes comenzaron a sufrir fiebre, vómitos y malestar general, síntomas compatibles con una infección vírica. En total, unas sesenta personas resultaron afectadas, lo que dio origen a una investigación sanitaria y a una posterior denuncia civil.

Según la sentencia, los afectados reclamaron sin éxito una compensación por los daños sufridos, al considerar que la pareja (como contratante directa del servicio) debía asumir la responsabilidad. El tribunal determinó que los novios incumplieron sus obligaciones contractuales al no responder a las reclamaciones y al no acreditar la falta de relación con el incidente.

Durante el proceso, los informes médicos confirmaron la presencia de norovirus entre los comensales y parte del personal del restaurante. Sin embargo, no se hallaron restos del patógeno en los alimentos ni en el agua, lo que llevó a los jueces a descartar un origen alimentario del brote.

Los expertos del Servicio de Epidemiología destacaron que el norovirus es altamente contagioso y puede propagarse mediante contacto directo o superficies contaminadas. La cronología de los síntomas resultó clave: dos invitados enfermaron horas antes del banquete, un hecho que, según los peritos, apunta a un contagio entre los propios asistentes más que a una intoxicación alimentaria.

El restaurante demostró haber cumplido los protocolos de control sanitario y señaló que los empleados afectados no consumieron los mismos platos que los invitados, reforzando así la hipótesis de una propagación vírica ajena al menú. La Audiencia concluyó que la carga de la prueba recaía sobre los demandantes, quienes no pudieron demostrar que la infección tuviera origen en el establecimiento. En consecuencia, la pareja deberá abonar la cantidad reclamada por la empresa organizadora, que había adelantado los costes derivados del litigio.