Coronavirus

¿Qué puedo hacer con mi vecino ruidoso durante el confinamiento?

Más de un mes encerrados entre cuatro paredes puede provocar algo más que roces con nuestros compañeros de “prisión”

Quinta semana de confinamiento por la alerta sanitaria
Vecinos del barrio de Amara de San Sebastián han salido a sus balcones este lunes, como cada día a las 20h, para agradecer a los servicios de urgencias su trabajo en la quinta semana de confinamiento por la alerta sanitariaJavier EtxezarretaAgencia EFE

En la película “No matarás... al vecino” (1989), titulada originalmente “The Burbs”, Tom Hanks y sus amigos sospechaban de las escapadas y actividades nocturnas de sus vecinos hasta límites, que pasando la risa, llegaban a la sociopatía. Esta medianoche se cumplirá un mes de la declaración del Estado de Alarma por el Gobierno, y más de cinco semanas de aislamiento para muchos, y nuestros vecinos han pasado a ser parte importante del día a día. Ahora miramos más por la ventana, nos colamos diariamente en sus vidas y en sus quehaceres a través de los balcones y de los resquicios de los visillos. Pero más allá de este contacto liviano y de los aplausos al unísono, tanto tiempo encerrados ha trastocados nuestros horarios y salen a la luz rutinas de los habitantes de nuestra comunidad y vecinos de arriba, abajo y a los lados que pueden plantear un problema, y más que llegar a las manos, en ocasiones, se puede llegar a los tribunales.

Los expertos siempre insisten en que cualquier problema que surja en estos días se intente solucionar a través del diálogo entre vecinos para encontrar “una solución pacífica”, como explican desde DAS Seguros. Las soluciones legales pasan, si no funciona lo anterior, por un juzgado civil o un juzgado de lo contencioso administrativo. Según la normativa, "las actividades que se realizan en el domicilio no deben exceder de los 35 decibelios, el equivalente a una conversación normal, a una habitación con poca actividad, o al ruido del oleaje moderado del mar. Por la noche, el nivel debe reducirse entre 25 y 30 decibelios, similar al viento en los árboles o al ambiente en una biblioteca.

“Mientras uno duerme, el otro ve la televisión, mientras uno teletrabaja, el otro monta una fiesta infantil para entretener a los más pequeños, pero siempre hay que intentar no molestar a los vecinos”, indican desde DAS Seguros, que también aclaran que cada municipio tiene su ordenanza propia para regular el ruido. A pesar de estas diferencias, lo que sí es prácticamente igual es el horario, establecido entre las 00:00 y las 8:00 del día siguiente, o las 23:00 y las 7:00 horas. "En este sentido, cabe mencionar la ley de propiedad horizontal, que en su artículo 7 prohíbe a los ocupantes de los inmuebles realizar actividades prohibidas en los estatutos o que resulten dañosas, molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”. Según Juan Guzmán, abogado del despacho legal Guzmán&Cubero, las consultas recibidas por su bufete tienen que ver, sobre todo, con “molestias ocasionadas a otros vecinos por los ruidos producidos en el interior de otras viviendas del edificio, en concreto sobre menores que en sus juegos tocaban instrumentos musicales (como tambor, trompeta, etc,...)”.

Soluciones

Teniendo en cuenta que la situación actual no es eximente, porque como matiza Guzmán, “los derechos y garantías legales siguen vigentes durante la declaración del estado de alarma, el problema es que los Juzgados, hasta la fecha, no admiten demandas contra el propietario ruidoso, por lo que, en estos casos, es conveniente tratar de solucionarlo de forma amistosa a través del presidente de la comunidad o, mediante una llamada a la Policía Local para que requiera al vecino el cese de las molestias”. Lo mismo opinan desde DAS Seguros, pero avisan que “ahora bien, hay que tener en cuenta que la mediación de conflictos es voluntaria y, si el vecino que molesta no está dispuesto a dejar de incordiar, lo más probable es que no se presente al acto de conciliación”. En esos casos hay que estar seguro de querer llegar más lejos, porque para empezar un procedimiento judicial “y tener posibilidades de que la demanda sea estimada, se requiere aportar pruebas que acrediten el volumen de los decibelios que se están emitiendo desde el interior de esa vivienda, por lo que serían necesarias mediciones de la Policía Local o levantar acta notarial”, advierten desde Guzmán&Cubero.

Por último, si se elige la vía judicial, explican desde DAS Seguros, hay que saber que el Tribunal Constitucional ha manifestado que los ruidos molestos afectan directamente al derecho fundamental “a la integridad física y moral y también a la intimidad”. Esto implica que, si el vecino no deja de molestar, existe el derecho a acudir a los tribunales para que sean ellos los que pongan solución al problema.Se puede optar por presentar una demanda ante un juzgado civil o un juzgado contencioso administrativo, cuando sea posible, a fin de exigir que el vecino cumpla la normativa y deje de molestar con sus ruidos. Para ello habrá que contar con abogado y procurador. Para que la denuncia tenga mayores posibilidades de éxito será preciso que se aporten pruebas de la actividad molesta, como testigos e incluso informes elaborados por la Policía... cosa difícil se conseguir, porque ha de ser un delito continuado en el tiempo y que lo corroboren. Mejor darse la mano o aplaudirse por la ventana.